¡Aliste su carnet de vacunación! Estas son las medidas que regirán en Santa Cruz desde el lunes

Las nuevas medidas aprobadas por las autoridades entrarán en vigencia desde el 16 al 29 de agosto.

Fuente: Unitel



Pablo Cambará

Nuevas medidas de contención frente a la pandemia fueron determinadas este miércoles por los alcaldes de la región metropolitana cruceña entre las que se incluyen la exigencia del carnet de vacunación en locales.

En la reunión participaron representantes de los municipios de Cotoca, Colpa Bélgica, Santa Cruz de la Sierra, Porongo, La Guardia, Mineros, El Torno, Warnes y Montero.

Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia desde el 16 de agosto hasta el día domingo 29 de agosto.

Nuevas medidas

– El horario permitido de circulación de personas y vehículos motorizados públicos y privados, de cualquier tipo, incluidos motocicletas y bicicletas es de horas 05:00 de la mañana hasta las 24:00 horas. Todo tipo de actividades públicas y privadas, de servicios y comerciales, y prestación de servicios podrán funcionar y atender de 05:00 hasta las 23:00 horas.

– El Órgano Ejecutivo Municipal con apoyo de la Policía Boliviana y la Fiscalía Departamental, en coordinación con el COEM y el COED, continuarán y reforzarán con el control in situ del cumplimiento de las medidas y restricciones establecidas en todos los establecimientos comerciales, mercados, bienes de dominio municipal, lugares de actividades, locales, espacios públicos y privados, incluyendo servicios y restaurantes, especialmente en espacios de alta concurrencia de personas.

– Se dispone que todos los actores públicos y privados, en el ejercicio de sus actividades, realicen el control de la vacunación efectiva de sus funcionarios, trabajadores y clientes, como así también, deben coadyuvar en el control de pruebas de antígenos y diagnósticos para evitar la propagación del contagio.

– Se establece que todos los establecimientos comerciales y lugares de actividades, locales, incluyendo servicios, restaurantes, patios de comida y locales en espacios de alta concurrencia de personas, deberán solicitar el
certificado de vacunación.

– Los patios de comida, restaurantes, cafeterías, y/o sitios de consumo de alimentos y bebidas, gimnasios, eventos deportivos y académicos, centros comerciales, supermercados, mercados, entidades financieras y otras actividades comerciales y de servicios, atenderán dentro del horario establecido en la presente resolución con el 50% de su capacidad y ocupación de sus espacios de atención con el distanciamiento físico y cumplimiento de los protocolos aprobados para cada sector. En lugares abiertos la capacidad de ocupación de sus espacios será del 70%.

– Los patios de comida, restaurantes de expendio de comidas, cafeterías, y sitios de consumo de alimentos, podrán atender con bebidas alcohólicas solo para acompañamiento de comidas donde los clientes sólo pueden estar sin barbijo en las mesas, los cuales no pueden ser de más de 10 personas, con la separación establecida entre ellas y cumpliendo las demás medidas establecidas en el protocolo para el sector gastronómico.