Cochabamba: Perro pitbull ataca a sus dos dueñas y Policía le dispara para salvarlas

Las dos mujeres, madre e hija, se encuentran recibiendo atención médica. Una de ellas tiene serias lesiones en la pierna. Zoonosis tomó muestras para analizar si el can tenía rabia.

Fuente: Opinión

Un perro pitbull atacó ayer a sus dos dueñas, adultas mayores, en inmediaciones de la avenida Suecia, en Cochabamba. El Policía que se constituyó al domicilio tuvo que dispararle al can, que luego perdió la vida, para salvarlas debido a que no conseguía que las soltara.

La jefa de Zoonosis de la Alcaldía de Cochabamba, Helen Quispe, informó que las mujeres, madre e hija, fueron atacadas por su perro, considerado de raza peligrosa, tras que se soltara de su correa.



La mujer, de 86 años, fue la más afectada debido a que el can le causó serias heridas en una pierna. Ambas se encuentran recibiendo atención médica en el hospital Viedma.

El Policía que intervino intentó hacer que el can las soltara, pero también quiso atacarlo. Usó su arma de fuego y disparó al pitbull para salvar a las mujeres que se dedican a la recolección de botellas plásticas.

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Según versión de la hija, les regalaron el can hace unos cinco años. Se presume que lo tenían encadenado en la vivienda porque los vecinos desconocían de su existencia.

Quispe indicó que el perro no recibió la dosis antirrábica probablemente porque sus dueñas, al conocer que era agresivo, no lo llevaron a vacunar. Además, que para la tenencia de “perros de raza peligrosa” se deben cumplir varios requisitos.

Zoonosis tomó las muestras al can para determinar si tenía o no rabia. Se prevé que los resultados se conozcan el lunes.

En tanto, la responsable de Zoonosis convocó a los vecinos a denunciar si constatan la crianza o tenencia de perros de raza peligrosa incumpliendo la Ley 553 de “Regulación de Tenencia de Perros Peligrosos para la Seguridad Ciudadana”.

¿QUÉ RAZAS SE CONSIDERAN PELIGROSAS?

La Ley 553 considera peligrosos a aquellos perros que pertenecen a las siguientes razas o sus cruces o híbridos: american staffordshire terrier, american staffordshire bull terrier, pitbull terrier, bull terrier, bullmanstiff, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, rottweiler y tosa inu.

¿QUÉ SEÑALA LA LEY?
La Ley 533 establece los deberes del dueño o tenedor de perros denominados peligrosos. Le ordena atender, cuidar y proteger a su perro peligroso, no ejercer malos tratos ni actos crueles contra el animal, no promover la explotación, con fines de lucro, de perros peligrosos, otorgar condiciones de vida y crecimiento adecuados, no abandonarlo, solicitar la autorización de adquisición, posesión o tenencia, registrar la tenencia y cumplir con las medidas de seguridad para la tenencia del can considerado de raza peligrosa.

Sobre la tenencia, prohíbe que sea a efectos de entrenamiento para asaltos, peleas y/o agruparlos para peleas y apuestas o para criaderos de reproducción con fines de lucro.

Las personas que tengan o quieran hacerse responsables de la tenencia de un perro de raza peligrosa deberá acudir a dependencias de la Policía Boliviana para solicitar la autorización, y al Gobierno Autónomo Municipal para el registro y la otorgación de la licencia de crianza.

Para adquirir la autorización, el propietario del perro debe ser mayor de edad y presentar su cédula de identidad. No estar privado, por resolución administrativa o judicial, a la tenencia de perros peligrosos o haber sido sancionado con la suspensión temporal de la autorización o licencia de crianza, salvo que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.

No debe tener antecedentes penales, previa acreditación al certificado de Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP). Además, de otros requisitos que la Policía considere necesarios. También se hacen cursos de adiestramiento.

La Ley también establece que el responsable del can adquiera un seguro obligatorio de responsabilidad civil por daño a terceros, cuyo objetivo es otorgar la cobertura uniforme y única de los gastos médicos por lesiones leves, graves o gravísimas e indemnización por muerte de cualquier persona que sea víctima del ataque del perro peligroso.

El Código Penal fija sanciones para los propietarios de los perros que ataquen, lesionen o maten a una persona. Por lesiones gravísimas ocasionadas por animales, la pena es de 2 a 4 años de reclusión y se les inhabilitará en forma definitiva para la tenencia de estos animales.

Si la víctima pierde la vida, la pena será la reclusión de 5 a 10 años. En caso de que el dueño no cumpla con la obligación de cubrir la asistencia médica, y el resarcimiento económico por secuelas a la víctima, la pena será agravada en un tercio.