Jueza anula imputación por quema del TED Chuquisaca

Por el incendio del edificio del Tribunal Electoral Departamental (TED), la Fiscalía imputó a seis personas por cometer delitos

Jueza anula imputación por quema del TED Chuquisaca

Así quedó el edificio del Tribunal Electoral Departamental Chuquisaca tras la quema en 2019. ARCHIVO/CORREO DEL SUR

Fuente: Correo del Sur Digital / Sucre



Una jueza dispuso la nulidad de la imputación formal en contra de seis personas que están siendo procesadas por la quema del edificio del Tribunal Electoral Departamental (TED) en octubre de 2019, cuando una turba tomó esas instalaciones en protesta por el presunto fraude en las elecciones generales y que derivó en la renuncia del expresidente Evo Morales.

La jueza Primera de Instrucción en lo Penal de la Capital, Aurora Lazarte, informó que resolvió la nulidad de la imputación formal de 30 de julio, presentada por el Ministerio Público en contra de las seis personas, porque adolece de una fundamentación que vincule a los imputados con los hechos calificados como delitos.

La decisión asumida por la jueza responde a un incidente de nulidad de imputación de uno de los sindicados, que objeta la resolución fiscal indicando que no estaría debidamente fundamentada en cuanto al elemento fáctico, es decir, en cómo hubieran ocurrido los hechos.

“Las pruebas recolectadas en la investigación son insuficientes para realizar la imputación correspondiente, ese es el aspecto que ha observado”, indicó la jueza.

La juzgadora informó que en la audiencia desarrollada el pasado jueves en presencia del imputado, del Ministerio Público y las instituciones denunciantes, se ha verificado la imputación del Ministerio Público y en criterio de la jueza se ha evidenciado la carencia de fundamentación fáctica, ya que la Ley 1173, así como la jurisprudencia, establecen que la imputación debe ser motivada, fundamentada y debe cumplir ciertos requisitos que están catalogados en la norma.

“Se debe señalar dónde, cuándo y cómo hubieran ocurrido los hechos imputados y (en este caso) al verificarse que no concurren especialmente cómo hubieran realizado los imputados los hechos que se les imputa, se ha dispuesto la nulidad de la imputación formal”, remarcó la jueza.

La resolución de la jueza fue apelada por la Fiscalía y los denunciantes en la misma audiencia y una vez remitida a la autoridad jerárquica superior, será la Sala Penal la que se pronuncie confirmando o revocando esta decisión.

Según la jueza, las partes alegan que la imputación cumple con los requisitos establecidos por la norma y calificaron de “incongruente” la determinación judicial.

INCIDENTE

Kevin Adolfo Echalar Doria Medina planteó un incidente de nulidad de imputación arguyendo que esa resolución del Ministerio Público le genera indefensión y lesión del debido proceso.

“Por lo que pido a su probidad que impreso el trámite de ley declare probado el incidente, disponiendo la nulidad de la imputación formal emitida en su contra, hasta que el Ministerio Público emita la resolución correspondiente”.

La imputación fiscal en contra de las seis personas fue por destrucción y deterioro de bienes del Estado y riqueza nacional, pero después fue ampliada por el delito de incendio.

Los imputados son: Antonio Moscoso Doria Medina, Rodrigo López López, Kevin Adolfo Echalar Doria Medina y Mario Salazar, Jhonny Miranda Caro, Juan Carlos Ortiz.