Abogado Gutiérrez: El TCP «opera como un restaurante a la carta; lo que le piden, hace»


El abogado constitucionalista, Jorge Quiroz, aclaró que el fallo no le afecta en absoluto a la exmandataria, Jeanine Áñez, debido a que la vigencia del mismo es hacia adelante y no de manera retroactiva, aunque puso en duda que esto ocurra por la injerencia del Gobierno.

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Miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional. Foto: TCP

Fuente: ANF

El abogado y político chuquisaqueño, Germán Gutiérrez, cuestionó este viernes la sentencia 0052/2021 del Tribunal Constitucional que da a entender que la sucesión -sin mencionarla- de Jeanine Áñez no fue constitucional, no obstante, ese mismo tribunal avaló en noviembre de 2019 la presidencia de la entonces mandataria.



“El Tribunal Constitucional el día de hoy opera como un restaurante a la carta, lo que le piden, hace, y puede cambiar de la noche a la mañana su opinión, ciertamente con argumentos poco serios, poco válidos”, dijo Gutiérrez en entrevista con ANF.

Indicó que las sentencias, las declaraciones, los autos constitucionales, “evidentemente no están escritos en piedra, no son inamovibles, no son inmutables”, pero, sin lugar a dudas, cualquier cambio que pueda haber en la jurisprudencia constitucional “tiene que ser un cambio debidamente fundamentado, debidamente argumentado, que tenga una solidez en relación con los hechos, con la historia, con los acontecimientos, con el propósito de generar certidumbre, seriedad y absoluta responsabilidad”.

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En ese sentido el jurista indicó que el Tribunal Constitucional ha ingresado “en el pleno y absoluto nivel de vergüenza e iniquidad”, porque “no tiene el menor reparo de hacer una cosa contradictoria, la una con la otra, en un período muy corto”.

En el fallo del TCP se lee que el Tribunal Constitucional Plurinacional sentenció que “la denominada sucesión ipso facto sólo se aplica para la Presidencia del Estado, de acuerdo al artículo 169 de la CPE. (…) Esta figura no es aplicable para el caso de la presidencia de la Cámara de Diputados, debiendo toda renuncia ser tratada y aceptada en el Pleno Camaral, aclarando que este reemplazo temporal no significa que el reemplazante se inviste (adjudica) el cargo de presidente”.

En noviembre de 2019, a solo minutos de que Jeanine Añez se proclamara Presidenta del Estado de Bolivia, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) dio su respaldo legal a la sucesión constitucional en el marco de la Sentencia Constitucional 0003/01 del 31 de julio de 200, que se sustenta en la “vacancia” del presidente.

Señaló que la jurisprudencia constitucional, que se encuentra en la Declaración Constitucional 0003/01, estableció en su “considerando III, apartado 111.3 que, frente a una sucesión constitucional, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del jefe del Estado y no a un acto de proclamación, no requiriéndose de Ley ni Resolución congresal para que el Vicepresidente asuma la Presidencia de la República”.

Gutiérrez dijo que estas acciones del Tribunal Constitucional, además de causarle vergüenza, generan escenarios de desinstitucionalización de los órganos en diferentes aspectos. “Generan incredulidad, generan falta de confianza en la ciudadanía respecto a estos órganos y todo lo que vayan a decir; uno puede señalar que al día siguiente pueden cambiar de opinión (los del Tribunal Constitucional) de acuerdo a cómo varían las circunstancias políticas”.

Indicó que, con esta sentencia, el Tribunal Constitucional pasa a ser “simple y llanamente parte del coro para reafirmar que ha habido un escenario no de fraude sino de golpe, y a partir de ello ir lavando todas las instancias que quiten cualquier atisbo de constitucionalidad, de seriedad de lo que fue la transición del gobierno de la señora Jeanine Áñez”.

Una sentencia no retroactiva

Ante el comunicado del Ministerio de la Presidencia sobre que la sentencia del TCP reafirma las responsabilidades por las que actualmente se procesa a Jeanine Áñez y al entorno con el que gobernó “ilegal e ilegítimamente” durante 11 meses, el abogado constitucionalista, Jorge Quiroz, aclaró que el fallo no le afecta en absoluto a la exmandataria, debido a que la vigencia del mismo es hacia adelante y no de manera retroactiva, aunque puso en duda que esto ocurra por la injerencia del Gobierno.

“La protección de los derechos humanos de las personas no puede ser retroactiva, esa sentencia serviría de ahora en adelante y no puede ser motivo para usarla contra la expresidenta Jeanine Áñez, pero como ya estamos acostumbrados ellos (el Gobierno del MAS) hacen la justicia, hacen la democracia como un anillo al dedo”, indicó.

Dijo que la fabricación de estos fallos, que aparentemente favorecerían al Gobierno, así como la sentencia de reelección indefinida como derecho humano, en realidad solo es un perjuicio para el Ejecutivo.

En el mismo sentido, el abogado Gutiérrez afirmó que la sentencia constitucional rige de hoy en adelante, pero cuestionó al TCP por las “tantas barbaridades” que hace “que no toma en cuenta sus propias decisiones y cae en el ridículo, en la estupidez, porque genera confusiones, primero, muy grandes, y, segundo, inaplicabilidad de los diferentes casos que se plantean”.

“Pecan de poco serios, pecan de poco responsables, y esto en vez de ayudar al Gobierno, desde mi punto de vista, lo que va hacer es perjudicarlos, porque no van a saber ya cómo aplicarlo, ya vienen las interpretaciones a gusto y sabor del cliente, y el Gobierno interpreta las cosas como le viene en gana, entonces, empezamos a discutir si es retroactivo o no es retroactivo (el fallo), si vale o no vale, entonces, estamos entrando en el ridículo”, apuntó.