Los comités cívicos, la Confederación de Profesionales, gremialistas, médicos y hasta las iglesias amenazan con movilizaciones en rechazo a las normativas, en especial a la de lucha contra las ganancias ilícitas.
Leny Chuquimia / La Paz
Un paquete de unas nueve leyes, aprobadas o en agenda, buscan centralizar el control del Estado en manos Ejecutivo nacional. De éstas, cinco pretenden cooptar entidades y sistemas de información financiera y patrimonial de los bolivianos.
“El MAS y el gobierno de Luis Arce Catacora, como sucede desde hace 15 años, continúa en la lógica totalitaria y de control total del poder, sin importar que sea por encima de la Constitución, las leyes y el Estado de Derecho. Se está promoviendo un paquete de leyes orientado a la destrucción institucional y al control de las actividades básicas de la ciudadanía”, manifestó el diputado Enrique Urquidi, de Comunidad Ciudadana (CC).
Las leyes relacionadas a la información financiera y patrimonial son la de Impuesto a las Fortunas, la de Registro de Comercio, la del INE, la de Derechos Reales y la tan polémica contra la legitimación de ganancias ilícitas. Para completar el paquete se suman la de Emergencia Sanitaria, la de Fortalecimiento de la lucha contra la corrupción, la de Ascensos de la Policía y la de las Fuerzas Armadas.
“Son draconianas, nos van a investigar de todo”, afirmó la senadora Andrea Barrientos, de CC.
La Confederación de Profesionales de Bolivia rechazó la que considera una intención del Gobierno de afectar la privacidad de los ciudadanos bolivianos, apoderándose de todas las instituciones que administran los registros públicos de bienes, comercio y servicio. “La única finalidad es la de construir un Estado totalitario”, indicó su presidente, Miguel Soliz.
Los comités cívicos del país emitieron un voto resolutivo. Uno de sus puntos rechaza este paquete de leyes. “No permitiremos la aplicación de leyes inconstitucionales -aprobadas y por aprobar- como el registro de comercio, de ganancias ilícitas, derechos reales, de ascensos, emergencia sanitaria, etc.”, dijo el presidente del Comité Cívico de Potosí, Juan Carlos Manuel.
Las normas y proyectos
“Hay una secuencia que empezó con la ley de fortunas. Si bien estaba enfocada a grandes patrimonios y pocos millonarios, la lógica de control de la información de las actividades privadas se estableció claramente”, dijo Urquidi.
El 28 de diciembre de 2020, el presidente Luis Arce promulgó la Ley 1357 de Impuesto a las Grandes Fortunas que establecía el pago de un tributo por fortunas superiores a 30 millones de bolivianos (4,3 millones de dólares).
La norma alcanzaba a 152 personas. Aunque hubo observaciones, no se registraron conflictos. Después de tres meses de vigencia, las autoridades de Impuestos Nacionales indicaron que esperaban el pago voluntario, pero que ya se hacían investigaciones financieras.
“Ahora vino el Registro Comercial. En este caso la concesión de Fundempresa ya finalizó y el Gobierno decidió que vuelva a manos del Estado”, afirmó Urquidi.
La norma 1398 fue promulgada el viernes 1 de octubre de 2021. En su único artículo indica que este registro estará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Esta instancia maneja toda la información sobre las empresas dentro del país: quiénes son los socios, la masa societaria, los capitales, estados financieros, etc.
“Todo estará en manos del Gobierno. Puede ser utilizado para amedrentar, amenazar y chantajear a micro, pequeños, medianos y grandes empresarios que no son afines al MAS”, advirtió.
Entre los empresarios las reacciones son diversas. Algunos temen por el uso que se dará a la información del registro. Desde la Cámara Nacional de Comercio se espera que la nueva instancia maneje el ente con transparencia.
Con el mismo fin, el Ejecutivo nacional presentó el proyecto de Ley de Derechos Reales. La propuesta pide que esta instancia se separe del Órgano Judicial y pase a depender del Ministerio de Justicia con la creación del Servicio Nacional de Registro de Derechos Reales.
Legisladores de oposición temen que con esto el ejecutivo tenga a mano la información sobre el patrimonio de la ciudadanía. Esta propuesta es parte de la reforma judicial que lidera el ministro de Justicia, Iván Lima.
Barrientos advierte que a las anteriores se suma el Proyecto de Ley 253 de Estadísticas oficiales de Estado Plurinacional de Bolivia, que fue aprobado en la Cámara de Diputados y remitido a la de Senadores. Esta norma establece las atribuciones del INE sobre las estadísticas oficiales y, además, dicta sanciones para “entidades productoras de estadísticas” privadas. Cuando éstas no entreguen información en el plazo establecido, o cuando den datos erróneos, la sanción será de hasta 7.200 Unidades de Fomento a la Vivienda.
“La Ley de Autonomías establece que cualquier municipio o departamento puede tener un centro de información estadística, pero la ley lo anularía. El INE es muy importante porque viene el censo y la redistribución de los recursos”, sostuvo la legisladora.
Pero la norma que empieza a levantar conflictos es el Proyecto de Ley 108, que está siendo tratado de la Asamblea Legislativa. Consta de dos partes: la primera, ya aprobada, es la Estrategia para la lucha contra las ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo; la segunda es el proyecto de ley en sí.
El rechazo no es sólo a la ruptura del secreto profesional sino a las facultades que se dan a la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) para liberar la información confidencial de la ciudadanía.
“La ley de ganancias ilícitas modifica la esencia de la UIF. Hasta ahora era una instancia técnica. Con la norma tendrá carta blanca para investigar el patrimonio, congelar cuentas y violar nuestra actividad privada”, dijo Soliz.
Ricardo Maldonado, penalista y miembro del directorio del Colegio de Abogados de La Paz, explicó que si bien la Constitución establece la inviolabilidad de domicilio y de las comunicaciones, la norma abre las puertas los allanamientos, escuchas telefónicas, intervención de CPU, etc.
“De por sí, el Estado es muy burocrático. Una vez en control de Fundempresa, el INE, la Policía, las Fuerzas Armadas, Derechos Reales y a UIF, sólo el Gobierno tendrá la verdad absoluta. Tendrá acceso a una base de datos impresionante”, finalizó Barrientos.
El paquete de leyes que centralizan el poder
- Impuesto a la fortuna El 28 de diciembre de 2020, el presidente Luis Arce promulgó la Ley 1357 de Impuesto a las Grandes Fortunas. Esta norma establece el pago de un tributo por las fortunas superiores a los 30 millones de bolivianos, lo que equivale a unos 4,3 millones de dólares. La norma alcanzaba a 152 personas. Aunque hubo observaciones no generó conflictos.
- Emergencia sanitaria La Ley 1359 de Emergencia Sanitaria fue aprobada el 17 de febrero de 2021. Fue observada por diferentes sectores porque prohíbe la suspensión o interrupción de los servicios de salud y con ello el derecho a la protesta. El Decreto Supremo 4542 que reglamenta la norma determina procesos administrativos y penales. El Artículo 17 señala: “Durante la Emergencia Sanitaria, queda prohibida la suspensión y/o interrupción de los servicios de salud; de ser así, de oficio o por denuncia ante las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus competencias, ejercerán medidas sancionatorias o administrativas, de corresponder, pondrán en conocimiento del Ministerio Público para su procesamiento penal”.
- Ascensos Policía La Ley 1387 de Carrera de Generales y de Ascensos de la Policía Boliviana genera rechazo porque en el numeral II del artículo 11, referido al mando policial, pone en primer lugar al Ministro de Gobierno y después al Comandante de la Policía. Le da la potestad para dar conformidad a los nombramientos y aprobar y homologar las convocatorias de ascenso para todos los grados.
- Registro de Comercio La Ley 1398 de Registro de Comercio fue promulgada el viernes 1 de octubre de 2021. En su único artículo indica que el registro de comercio estará bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía. Éste manejará toda la información sobre las empresas dentro del país: quiénes son los socios, la masa societaria, los capitales, estados financieros, etc.
- Ganancias ilícitas El Proyecto de Ley 108 contra la legitimación las ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo consta de dos partes: la primera es la Estrategia y la segunda es la ley en sí. El rechazo se da por un articulo que rompe del secreto profesional y modifica la esencia de la UIF, de un ente técnico a un ente sancionador, que podrá investigar el patrimonio. Hay varios sectores movilizados.
- Derechos Reales El proyecto de Ley de Derechos Reales plantea que esta instancia se separe del Órgano Judicial y pase a depender del Ministerio de Justicia con la creación del Servicio Nacional de Registro de Derechos Reales. Con esto, advierten, el Ejecutivo tendrá a mano la información sobre el patrimonio de la ciudadanía. Esta propuesta es parte de la reforma judicial que lidera el ministro de Justicia, Iván Lima.
- INE El proyecto de Ley 253 de Estadísticas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia establece atribuciones del Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre las estadísticas oficiales y, además, dicta sanciones para “entidades productoras de estadísticas” privadas. Cuando éstas no entreguen información en el plazo establecido, o cuando den datos erróneos, la sanción será una multa de hasta 7.200 UFV (Unidades de Fomento a la Vivienda).
- Fuerzas Armadas Al igual que en el caso de la Policía, en Senadores se espera una ley para las Fuerzas Armadas de Bolivia. La senadora Andrea Barrientos sostiene que aún no fue tratada, pero que plantea que el Ministro de Defensa sea la cabeza del mando y que todos los ascensos pasen bajo su supervisión. “Si subordinar a la Policía es terrible, lo es más en el caso de las Fuerzas Armadas”, sostuvo.
- Anticorrupción El 27 de agosto se promulgó la Ley 1390 de Fortalecimiento para la Lucha contra la Corrupción. La norma endurece las sanciones contra las personas jurídicas y sociedades civiles que incurran en actos de corrupción y libera de castigo a las empresas públicas mixtas o que presten servicios públicos. También establece la habilitación de juicios en rebeldía por corrupción y delitos de lesa humanidad e implementa la figura del colaborador eficaz a cambio del perdón de la culpa. Además es conocida por modifica varios artículos del Código Penal y del Procedimiento Penal.
Las modificaciones al Código y al de Procedimiento Penal
Luego de varias observaciones, el 27 de agosto el presidente de Bolivia, Luis Arce, promulgó la ley 1390 de Fortalecimiento para la Lucha contra la Corrupción.
La norma rechazada por varios sectores (por su dureza con las personas jurídicas y sociedades civiles, la liberación de sanciones a las empresas públicas mixtas o que presten servicios públicos, la habilitación de juicios en rebeldía por corrupción y delitos de lesa humanidad y la implementación del colaborador eficaz a cambio de negociar su caso) modifica varios artículos del Código Penal y del Procedimiento Penal.
“La norma que más modificaciones ha hecho al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal es la 1390. Esta ley modificó 23 artículos de procedimiento penal. Hay un par de artículos que ya fueron rechazados en 2017 y ahora están siendo metidos”, indicó la senadora Andrea Barrientos, de Comunidad Ciudadana.
Enrique Urquidi, diputado de CC, señala que aún no se tiene con exactitud la cantidad de artículos que supuestamente son cambiados o a añadidos, debido a que la 1390 no es la única que inserta modificaciones.
“Están metiendo los cambios en diferentes leyes. Por ejemplo, la ley de legitimación de ganancias ilícitas está cambiando la tipificación de los que hasta ahora se tenía. Lo mismo pasará con los delitos de terrorismo y sedición”, manifestó.
Sostuvo que el problema es que durante años se han hecho leyes que han creado tipificaciones y delitos que no están contemplados en el Código Penal.
“Éste es un desorden creado en los últimos 15 años y que ha roto con la estructura del sistema penal, por no respetar el Código. Han utilizado, y lo siguen haciendo, una serie de normas ajenas para adicionar o tipificar otros delitos”, sostuvo.
Ricardo Maldonado, penalista y miembro del directorio del Colegio de Abogados de La Paz, recordó que en diciembre de 2017 se había aprobado un nuevo Código del Sistema Penal, que ante los reclamos de varios sectores -entre ellos los médicos- fue abrogado por Evo Morales, en enero de 2018.
“Ahora lo que se pretende es introducir esas modificaciones poco a poco en otro tipo de leyes. El objetivo no sólo es el Código Penal, sino también el Sistema Procesal Penal que está hecho acorde a la Constitución Política del Estado. Esta situación está generando problemas en aspectos procesales y de investigación, porque éstos están siendo vulnerados”, dijo el jurista.
Recalcó que en ningún momento fueron invitados por el Legislativo para conocer, socializar u opinar sobre las normas aprobadas o en proceso.
Derecho a la protesta, el control a la Policía y las Fuerzas Armadas
El 17 de febrero pasado, el Gobierno promulgó la Ley 1359 de Emergencia Sanitaria que prohíbe la suspensión o interrupción de los servicios de salud. Este punto fue rechazado por el sector médico y otros, que aseguran que la disposición atenta contra al derecho a la protesta.
La reglamentación debió emitirse en 30 días; sin embargo, no fue hasta el 15 de julio que se firmó el Decreto Supremo 4542 que regula la norma. El documento no sólo ratifica la prohibición, sino que determina procesos administrativos y penales.
Su Artículo 17 señala: “Durante la Emergencia Sanitaria, queda prohibida la suspensión y/o interrupción de los servicios de salud; de ser así, de oficio o por denuncia ante las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus competencias, ejercerán medidas sancionatorias o administrativas, de corresponder, pondrán en conocimiento del Ministerio Público para su procesamiento penal”.
Un mes después, el Legislativo aprobó el 5 de agosto pasado la Ley 1387 de Carrera de Generales y de Ascensos de la Policía Boliviana. Para la oposición, la norma aprobada durante la madrugada es uno de los primeros instrumentos para concentrar el poder estatal.
En el numeral II del artículo 11, referido al mando policial, se pone en primer lugar al Ministro de Gobierno y después al Comandante de la Policía. El polémico punto establece que dicho mando estará conformado primero por el Ministro de Gobierno; segundo, el Comandante General de la Policía; tercero, el subcomandante y jefe del Estado Mayor; cuarto, el suboficial del Estado Mayor del Comandante General de la Policía.
Además de ser parte del mando policial, la ley dio al titular de Gobierno una serie de atribuciones particulares como la de dar conformidad a los nombramientos. Adicionalmente, las convocatorias de ascenso para todos los grados serán aprobadas mediante resolución administrativa emitida por el Comando General de la Policía Boliviana y homologada por el Ministerio de Gobierno.
Pese a las observaciones de la oposición , la norma fue aprobada sin ninguna modificación por medio del rodillo del MAS.
“Pero ésta no es la única”, dice la senadora Barrientos (CC). Sostiene que se prepara una ley similar de ascenso de las Fuerzas Armadas y que aún no se trató en el Senado, la cámara de origen.
“Ésta también plantea que el Ministro de Defensa sea la cabeza del mando y que todos los ascensos pasen bajo su supervisión. Si subordinar a la Policía es terrible, lo es más en el caso de las Fuerzas Armadas”, manifestó la asambleísta de CC.