¡Es el TCP, estúpido!

Tres reconocidos constitucionalistas hablaron sobre los criterios de selección de los magistrados del TCP. También sobre las alternativas de cambios en la justicia a través de la reforma constitucional, leyes en la ALP o un adelantamiento de las elecciones judiciales.

La falta de un control constitucional realmente independiente facilitó el incumplimiento del mandato del 21F, conduciendo a la crisis electoral del 2019. Actualmente, la misma falencia produce indefensión entre los ciudadanos, que ven improbable que las acciones de amparo contra decisiones judiciales abusivas (como los excesos en la detención preventiva) tengan curso en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).



Todo conduce a pensar que el punto neurálgico en la debilidad institucional de la justicia “¡es el TCP, estúpido!”, podríamos decir a la manera de Bill Clinton.

Para profundizar en este tema y en el de la reforma judicial en su conjunto, eju.tv entrevistó a tres prestigiosos constitucionalistas: Jorge Asbún, Juan Carlos Urenda y Eric Cícero Landívar.

Elevar los criterios de selección

A la pregunta de cuáles deberían ser los criterios, actores y procedimientos para la selección de los magistrados del TCP, Asbún señaló que “la independencia judicial y la del Tribunal Constitucional en particular es un elemento esencial para un Estado democrático. En nuestro país, el proceso de selección de los candidatos está a cargo de la Asamblea Legislativa y luego viene una votación popular, en realidad debiera decirse una ratificación popular. Estos aspectos son poco idóneos para este tipo de cargos y si a ello se agrega el corto tiempo del mandato, seis años, y la prohibición de reelección de los mismos, es evidente que se trata de un diseño institucional que no promueve la independencia judicial. Hay que agregar a ello las características de los partidos políticos, muy interesados en el control de dicho Órgano”.

Por su parte, Urenda consideró que hay que despolitizar la selección de los magistrados del TCP y de los otros tribunales máximos: “Quienes debieran seleccionar a los magistrados en base a su capacidad e idoneidad y no en base a su militancia política (como ocurre hoy) son los principales actores involucrados en la actividad de formación y desarrollo profesional de los magistrados, esto es, las universidades y los colegios de profesionales, en atención al artículo 199.II de la CPE. El requisito fundamental de un sistema democrático es la separación de poderes y en Bolivia eso no existe”.

Sobre el tema, Landívar recordó palabras del extinto Jorge Lazarte, quien dijo que en los últimos años quienes acceden a ocupar los cargos de magistrados lo hacen para empezar su carrera profesional, cuando en realidad esos puestos deben estar pensados para aquellos profesionales que están en la última fase de sus carreras.

“Uno puede estar de acuerdo en que se debe promover la participación de los jóvenes en la esfera pública, pero ser guardián de la Constitución no es un tema menor. Lazarte se refería a que ese tipo de cargos lo deberían ocupar personas con una reconocida experiencia y con una trayectoria profesional suficiente para confiar en que actuarán con la madurez necesaria. Si uno revisa los nombres de los actuales magistrados, ni siquiera son reconocidos en el mundo del derecho, peor van a tener algún reconocimiento de la ciudadanía. Por lo tanto, es necesario elevar los requisitos”, señaló.

“Seis ejes” insuficientes

También preguntamos a los constitucionalistas su opinión sobre los “seis ejes” para la reforma de la justicia planteados por el ministro Iván Lima, que no contemplan modificaciones a la CPE. ¿Eso implicaría cambios insuficientes? ¿Es necesario llegar a una reforma constitucional parcial, tal vez a través de la iniciativa popular?

Jorge Asbún dijo que una reforma constitucional es indispensable: “De allí que cualquier propuesta que esquive la misma, es manifiestamente insuficiente. Otra cosa distinta es que, mientras se dé la reforma, existan acciones concretas que muestren que el poder político respeta la independencia judicial. Sería muy positivo, pero solamente es un sueño, para no utilizar el término ingenuidad”.

Juan Carlos Urenda coincidió en que “sólo a través de una reforma parcial de la Constitución que cambie el experimento fallido (único en la historia de la humanidad) de elegir a los magistrados de los tribunales máximos por voto popular, se tendrá una solución que mengüe en parte la perniciosa influencia política. Mientras no se modifique la Constitución, las reformas serán parches provisionales porque es el Órgano Legislativo el que decide, a través del partido mayoritario, quiénes son la mayoría de los candidatos para la elección popular. Lastimosamente, ya no hay tiempo para una reforma constitucional antes de que se venza el término de los actuales magistrados. Sólo un acuerdo político con grandeza patriótica pudiera generar una estrategia estructural para tratar de solucionar el problema de fondo, pero eso en Bolivia es prácticamente imposible por la cultura política reinante”.

Eric Cícero Landívar también indicó que reformar la Constitución sería lo ideal, “incluso para incorporar mayores requisitos, ya que actualmente la CPE sólo exige tener 35 años y especialización o experiencia acreditada de 8 años en derecho constitucional, administrativo o derechos humanos, para postular al cargo de magistrados del TCP”.

Sin embargo, advirtió que “no existe la madurez política para garantizar que en caso de que se promueva una reforma constitucional sea exclusivamente para la justicia. Tuvimos un proceso constituyente bastante tortuoso y el resultado fue una Constitución con muchas imperfecciones. Existe el riesgo de que, si ponemos en discusión nuevamente la Constitución, empiecen a aparecer otros temas”.

¿Reformas en la ALP?

Preguntamos a los expertos si, en caso de llegarse a un tratamiento parlamentario de leyes de reforma judicial que no impliquen cambio constitucional, debería exigirse al menos la reposición de los 2/3 en el Reglamento de Debates de la ALP para lograr normas consensuadas.

“Sin duda alguna, el principio democrático exige que haya el mayor consenso sobre los temas que sean considerados en los órganos de representación política como las Asambleas (sea esta nacional, departamental o en un Concejo Municipal), y en ese contexto los dos tercios son un instrumento para que se busquen consensos”, remarcó Asbún, criterio con el que coincidió Urenda.

Landívar objetó que “sería el peor error pretender que el tema de la reforma judicial se resuelva en el Parlamento, cuando en la actualidad se tiene un grupo de parlamentarios inexpertos y sin una clara conducción. El debate ya no es entre políticos, no serán los políticos los que solucionen los problemas de la justicia”.

¿Adelantar las elecciones judiciales?

Por último, consultamos a los juristas si un adelantamiento de elecciones judiciales podría ser una vía, siquiera provisoria, para renovar los principales tribunales, ahora que el oficialismo ya no cuenta con mayoría calificada, y si podría incluirse en esta nueva situación a algunos postulantes mejor preparados en las ternas.

Asbún fue escéptico sobre esta posibilidad y alertó que el oficialismo podría encontrar los mecanismos para elegir a los magistrados del TCP por simple mayoría, mientras que Urenda dijo que, si bien “se abre un resquicio para limitar la irracionalidad en la designación de los candidatos, lo que se pudiera considerar un avance, no se soluciona el problema del Órgano Judicial en absoluto”.

Landívar, por su parte, opinó que “adelantar las elecciones judiciales pondría el debate sobre la reforma de la justicia como un tema prioritario en la agenda nacional. Somos un país bastante politizado, pero la ciudadanía generalmente se involucra en los temas de coyuntura, y hago mención a la ciudadanía porque no tengo dudas de que si algo se logra cambiar en la justicia será gracias al impulso ciudadano”.

Edición y entrevistas: Emilio Martínez

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