El Gobierno ha citado en varias oportunidades que la ley ‘antilegitimación’ responde a recomendaciones del organismo internacional Gafilat.
Christopher André Díaz
Fuente: Unitel
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), en una nota interpretativa a una de sus recomendaciones sobre los estándares internacionales sobre la lucha contra el lavado de activos y delitos afines, señala que se debe respetar el secreto o privilegio profesional.
“Los abogados, notarios, otros profesionales jurídicos independientes y contadores que actúan como profesionales jurídicos independientes no tienen que reportar transacciones sospechosas si la información relevante se obtuvo en circunstancias en las que éstos están sujetos al secreto profesional o el privilegio profesional legal”, señala el documento actualizado a diciembre de 2020.
Según abogados consultados por Unitel, esta recomendación iría en contra de uno de los puntos más cuestionados sobre el proyecto de ley de lucha contra las ganancias ilícitas, que en su artículo 7 señala que: “No se podrá invocar secreto profesional, reserva o confidencialidad en materia financiera, de valores, seguros, pensiones, comercial, tributario, económico, notarial, registro civil, derechos reales, profesionales u otro, cuando la UIF requiera información en el marco de sus atribuciones”
El artículo además agrega que “esta información será obtenida de manera directa en el plazo y condiciones que la UIF establezca al efecto, sin necesidad de orden judicial, requerimiento fiscal, ni trámite previo alguno y estará libre de todo pago o costo judicial o administrativo.
Ana María Morales, directora de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), negó que la recomendación del Gafilat exista.
“La Gafilat no te habla de una protección del secreto profesional, lo que te habla la Gafilat es que más bien los países deben contar con todos los medios necesarios para realizar todos los análisis de inteligencia financiera, patrimonial correspondientes”, señaló en entrevista con Unitel.
En este enlace (página 88) publicado por la Gafilat puede verificar que sí existe la recomendación sobre el secreto profesional.
Raul Strauss, gerente de Desarrollo Empresarial de la Cámara de Industria y Comercio (Cainco) señala que es evidente que el proyecto de ley planteado por el Gobierno sobrepasa las recomendaciones hechas por la Gafilat.
“Hay recomendaciones de Gafilat para implementar una norma, pero esas recomendaciones no están plasmadas en este proyecto de ley que va por encima de ellas. Aquí no se respeta el derecho profesional, lo que quiere decir que si es abogado, contador, auditor o un simple sacerdote que recibe una confesión si viene la UIF tiene que revelar todo sin necesidad de orden judicial”, advirtió Strauss.
Ley de Abogacía
La Gafilat añade en sus recomendaciones que “cada país debe determinar los asuntos que deberían estar supeditados al privilegio profesional legal o el secreto profesional”, en el caso de los abogados el secreto profesional está regulado y protegido en Bolivia por una ley, la 387 que en su artículo 9 señala que es deber del profesional en derecho: “guardar el secreto profesional, excepto en los casos de su propio resguardo, defensa de la verdad o si la persona patrocinada autoriza su revelación de manera expresa u orden judicial.”