Las 5 claves para entender la ley 1386 que dio origen de las protestas en Bolivia

Al menos cuatro ciudades capitales del país se mantienen paralizadas este viernes, quinto día del paro multisectorial indefinido, en otras urbes se convocaron a marchas y otras protestas. Si bien se menciona un “paquete de leyes” y el restablecimiento de los 2/3 en los reglamentos legislativos, las medidas de presión apuntan específicamente a la ley 1386.

Esto es lo que hay que saber sobre esta norma

1. Una ley de 7 artículos

La Ley 1386 de Estrategia Nacional de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo fue promulgada por el presidente del Estado, Luis Arce Catacora, el 16 de agosto de 2021, es decir que está vigente desde hace casi tres meses.

La ley contiene siete artículos, una disposición adicional, una disposición final y una disposición abrogatoria y derogatoria.

El Gobierno asegura que esta norma es una “ley marco” que solo busca definir en rasgos generales la estrategia de Bolivia para luchar contra dos delitos: la legitimación de ganancias ilícitas y el financiamiento al terrorismo.

El sector gremial denuncia que la ley abre la posibilidad de que el Gobierno use de manera discrecional la estrategia para perseguir a sectores como el informal o que se cometan abusos desde entidades como la Unidad de Investigaciones financiera (UIF).

2.    El anexo de 54 páginas

La ley solo tiene 7 artículos, pero contiene un largo anexo de 54 páginas. 

La norma aprueba en su artículo 2 la estrategia con la que el Estado combate a dos delitos ya contemplados en el Código Penal: la legitimación de ganancias ilícitas (LGI) y el financiamiento al terrorismo (FT). La estrategia está contenida en el extenso anexo. 

Este documento establece las líneas de acción para luchar contra los dos delitos (LGI y FT) y otros precedentes vinculados a estas figuras penales: el narcotráfico, la corrupción, la trata y tráfico de personas, el contrabando.

El anexo contiene siete capítulos: del 1 al 4 se establecen aspectos generales: introducción a la estrategia; los antecedentes que justifican la aplicación de la estrategia; los aspectos esenciales del sistema nacional contra los delitos de LGI y FT (repaso de la problemática y la importancia de aplicar una estrategia); y un diagnóstico sobre las vulnerabilidades que tiene la lucha contra la LGI y FT.

Los capítulos 5 y 6 definen aspectos más objetivos: los lineamientos y objetivos generales de la estrategia y el plan de acción que se aplicará para hacerla cumplir. El capítulo 7 se refiere al marco legal en el que se apoya la ejecución de la estrategia.

3.    El artículo 7

El sector gremial observa que todo el anexo (el documento de 54 páginas) puede ser cambiado sin necesidad de pasar por la Asamblea Legislativa y mediante decreto supremo gracias al artículo 7 de la ley 1387, bautizado por los dirigentes como una “carta blanca” para hacer cualquier modificación.

El artículo 7 de la ley (Ajustes) señala: “La Estrategia Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo, podrá ser ajustada por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado mediante Decreto Supremo, previa consideración y aprobación del Consejo Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo”.

Este Consejo está compuesto por: el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Defensa, Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y la Procuraduría General del Estado.
Sectores como el de los mineros cooperativistas han planteado que el artículo 7 de la ley sea derogado, ya que esto le quitaría la facultad al Gobierno de cambiar la estrategia e incluir aspectos que podría afectar a algunos sectores.

4.    El temor del sector informal

El sector gremial, en su gran mayoría informal, observa que la estrategia tal como está planteada les significa riesgos.

En el capítulo 6 (Plan de Acción)  de la estrategia de lucha contra la LGI y FT se establece como una acción a desarrollar la conformación de “una comisión para desarrollar un diagnóstico del sector informal que permita identificar la magnitud de actividades informales y su incidencia de los riesgos de Legitimación de Ganancias Ilícitas y Financiamiento al Terrorismo en este sector”.

Los gremialistas creen que esto puede ser utilizado para perseguir al sector informal gremial.

5.    Las confusiones con el proyecto de ley 218

La Ley 1386 de Estrategia Nacional de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas es distinta al proyecto de ley 218/2020 Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva o no Convencionales que fue retirada a finales de octubre de la Asamblea Legislativa.

Si bien tratan de los mismos temas, el proyecto de ley era mucho más específico que la 1386. Incluía 59 artículos e incluso hacía cambios en figuras penales.  La norma ya no puede ser tratada en la actual legislatura.

Lo que gremiales y transportistas temen es que al existir la posibilidad de cambiar el anexo de la ley 1386 a través de un decreto supremo, el Gobierno incluya en ese documento algunos de los aspectos del proyecto de ley 218 que fue archivado, una situación negada por las autoridades, ya que reiteran que aspectos específicos solo pueden ser regulados por una ley.

LEE AQUÍ LA LEY 1386 

LEE AQUÍ EL ANEXO DE LA LEY 1386 

LEE AQUÍ EL PROYECTO DE LEY 218 QUE FUE RETIRADO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA