Abogado: El Decreto Supremo 4641 no vulnera derechos, solo pide respeto para la mayoría vacunada

Explicó que dentro del derecho moderno existe lo que se llama la ponderación de derechos, donde los derechos de las mayorías deben de ser respetados por las minorías.

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Foto: Internet

Fuente: ANF

El abogado constitucionalista, Jorge Quiroz, señaló este martes que el Decreto Supremo 4641 que implementa el carnet de vacunación contra el Covid-19 no vulnera ningún derecho de las personas que decidan prescindir de la vacuna, solo exige que éstas deban cumplir requisitos para proteger a la mayoría de la población que optó por vacunarse.



Quiroz señaló que, si bien no existe una normativa nacional o internacional que obligue a las personas a vacunarse, por lo que están en su derecho de no vacunarse, frente a los derechos surgen las obligaciones como ciudadanos integrantes de una sociedad.

Indicó que la Constitución Política del Estado, del artículo 109 en adelante, establece determinadas obligaciones entre las que están el hecho de respetar las leyes y convivir en paz dentro de la sociedad, pero no la paz solamente entendida como el hecho de vivir tranquilo si no “como el hecho de comportarte de acuerdo a las circunstancias”.

En ese sentido dijo que la vacunación puede en determinado momento ser considerado un hecho social o un hecho jurídico o antijurídico.

“El hecho social es ir a hacer la fila y proceder a la vacunación, como lo hacen muchos en la sociedad, y cuando hablamos de un hecho jurídico o de un hecho antijurídico, esto se presenta cuando todas las personas o un grupo numeroso de personas opta por vacunarse y otras personas no lo hacen (e incumplen las medidas de bioseguridad) y ponen en riesgo a esa gran mayoría de personas, entonces están cometiendo un acto antijurídico, y el derecho penal castiga estos actos y hechos”, señaló Quiroz a ANF.

El jurista indicó que, si bien la vacuna no es obligatoria, el Decreto Supremo lo que está pidiendo es que respete la voluntad de la mayoría de personas que sí se han vacunado.

Explicó que dentro del derecho moderno existe lo que se llama la ponderación de derechos, donde los derechos de las mayorías deben de ser respetados por las minorías.

“Si hay un 60% de personas que se ha vacunado en La Paz, entonces se debe de entender que la mayoría de personas no quiere caer con esta enfermedad, y hay una minoría de personas que debe de someterse al respeto de las mayorías”, señaló.

Quiroz indicó que la ponderación de derechos está regulada por la justicia constitucional.

“Yo personalmente no veo una vulneración de derechos con el Decreto Supremo, y como constitucionalista tengo que hacer un testeo mediante la ponderación de derechos, es decir, cuáles de los derechos están por encima de los otros derechos, entonces los derechos de las mayorías siempre van a estar por encima de las minorías y eso es lo que nos trae la democracia también”, apuntó.

Desde el 1 de enero de 2022 rige en el país la presentación del carnet de vacunación contra el Covid-19 en lugares públicos y de afluencia de personas como bancos, cines, fiestas, entidades públicas, etc., y quienes decidan no vacunarse deberán presentar una prueba PCR vigente cada vez que requieran acceder a un lugar de concentración de personas.

Sobre el pago por las pruebas PCR como una medida coactiva para aquellos que no quieran vacunarse, Quiroz indicó que todos los estados del mundo – ya sean de izquierda o de derecha, unos más otros- utilizan la coacción frente a su población como parte de sus facultades.

“Si no te vacunas no es que el Estado te está castigando, sino que te está imponiendo, te está coaccionando para que cumplas determinadas normas o exigencias dentro del decreto”.

Dijo como ejemplo que el código penal es parte de las leyes coactivas que usan la fuerza y está dentro de las facultades del Estado que “puede hacer uso de esa coacción para que las personas cumplan”.

En este caso, indicó, si alguien presentara una Acción Popular en contra del Decreto Supremo por ese 40% de personas que no se ha vacunado y que no quiere vacunarse, el Tribunal Constitucional responderá mediante la ponderación de derechos.