Apdhb pide al Órgano Judicial responder nueve preguntas sobre la aprehensión de Pumari

En Potosí se lleva a cabo una manifestación para exigir la liberación del excívico, además del cese a la persecución política a líderes de oposición entre otras demandas.

 

Fuente: paginasiete.bo



La Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia envió una carta a las instituciones que conforman el Órgano Judicial y al Ministerio de Justicia, en la que pide responder seis preguntas sobre la aprehensión del exlíder de Comcipo, Marco Pumari.

“Dado que las instituciones del Sistema de Justicia tienen como primera obligación garantizar la vigencia del Estado de Derecho y responder a las preocupaciones de los/las ciudadanos sobre su libertad y seguridad, con el debido respeto solicitamos tengan a bien dar respuesta a cada una de las interrogantes planteadas”, indica carta.

Pumari fue aprehendido la madrugada del viernes, luego de un operativo policial en el que efectivos de las fuerzas del orden allanaron las oficinas de Comcipo, secuestraron documentación y detuvieron al exlíder cívico.

Este martes en la ciudad de Potosí se lleva a cabo una manifestación en la que se exige la liberación del excívico, además del cese a la persecución política a líderes de oposición entre otras demandas.

Las preguntas

  • ¿En los dos años que tuvo el Ministerio Público desde que inició la investigación de los delitos que hoy se atribuyen a Marco Pumari y otros dirigentes cívicos no pudo concluir sus investigaciones?
  • ¿Requieren los fiscales tener forzosamente privados de libertad para concluir una investigación?
  • ¿Cuál es la razón por la que la justicia boliviana ha invertido el sentido de la presunción de inocencia por presunción de culpabilidad, la aplicación de la detención preventiva como una excepción por una regla general; la imparcialidad, independencia y su obligación de someterse únicamente a la Constitución, las Convenciones y Tratados internacionales vigentes y a las leyes, por un sometimiento indisimulado a autoridades de los otros órganos del Estado?
  • ¿Cuáles (son) las razones por las que no se respeta en el caso del Sr. Pumari el principio de juez natural y lo trasladan por diferentes asientos judiciales para terminar en Llallagua a cientos de kilómetros de distancia de su domicilio?
  • ¿Fue acaso porque los jueces de aquellos asientos judiciales por los que transitó no eran de total confianza de los denunciantes?
  • ¿Esta legalmente permitido que se habilite la competencia de un juez a elección del denunciante?
  • ¿El aislamiento arbitrario al que fue sometido el sr. Pumari al ser remitido lejos de su domicilio habitual no constituye un atentado al derecho a la defensa?
  • ¿No se le está privando de la posibilidad de aportar prueba y ser defendido adecuadamente por abogados de su confianza?
  • ¿En su criterio, no es eso colocar en un estado de total indefensión (a Marco Pumari)?