En las últimas horas se conoció el caso de un hombre que fue liberado debido a que la mujer que lo denunció no pudo acceder a una valoración forense.
Fuente: Unitel
El Secretario General de la Fiscalía General del Estado, Edwin Quispe, informó este martes que en casos de emergencia como aquellos referidos a delitos de violencia en el marco de la Ley 348 de Lucha Contra la Violencia a la Mujer, la Fiscalía y el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) atenderán de manera excepcional sin la presentación de carnet de vacuna contra el Covid-19 con el compromiso de que en futuras atenciones se presente el mismo.
“El Ministerio público ha emitido Instructivo Nº 453 a partir del cual los servidoras públicos puedan pedir el carnet de vacuna o su prueba RT-PCR con resultado negativo; sin embargo, se ha modulado este instructivo en sentido de que todas las personas que acudan en casos excepcionales y de emergencia para hacer atendidos no necesitarán la presentación del Carnet de Vacuna con el compromiso de que en futuras atenciones deban hacerlo siendo congruentes con la política implantada en los Decretos Supremos Nº 4640 y Nº 4641”, explicó Quispe.
El secretario general, agregó que generalmente los casos de emergencias se presentan donde existe hechos de violencia, lesiones que puedan causarse entre personas, accidentes de tránsito, entre otros, por ello a través del Instructivo emitido por la Fiscalía General del Estado en todas las instancias del Ministerio Público, IDIF y asientos Fiscales distribuidos a nivel nacional realizarán la atención.
Sobre el incidente en la ciudad de El Alto por parte del Instituto de Investigaciones Forenses, en el que una mujer no pudo acceder a la valoración forense permitiendo que su agresor sea liberado, dijo que el caso ya se encuentra bajo control jurisdiccional y se cumplió con el procedimiento para que sea reconducido y se realice la atención inmediata.
La Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (Felcv), desde su Dirección Nacional, también ha aclarado que denunciados y denunciantes deben ser atendidos sin la necesidad de presentar el requisito del carnet de vacunación.
“Nosotros no tenemos un requisito establecido en la Ley que impida que se investigue. El propósito de la Felcv es investigar la verdad de los hechos de todos los casos que se nos pongan en conocimiento”, señaló el coronel Mario Medina.