Ministerio de Trabajo dispone tres medidas urgentes para que los empleadores apliquen con los trabajadores


La resolución, que aplica para el sector público y privado, está dirigida a contener la propagación del Covid-19 en las fuentes laborales. Su aplicación es obligatoria para los empleadores

Fuente: eldeber.com.bo

Con la finalidad de proteger la salud y la vida de las y los trabajadores y población en general, el Ministerio de Trabajo dispuso la ampliación y vigencia de las medidas de bioseguridad en el interior de las empresas y entidades públicas hasta el 30 de junio del año en curso. Su aplicación es obligatoria para los empleadores.

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La ministra de Trabajo, Verónica Navia, sostuvo que, debido al comportamiento epidemiológico registrado en las últimas semanas y la declaratoria de Emergencia Nacional, se deben aplicar las siguientes medidas:

1.- La jornada laboral es de ocho horas continuas.

2.- El horario de ingreso y salida debe ser escalonado y divido en grupos con intervalos de media hora.

3.- El trabajo a distancia y teletrabajo, así como las medidas de bioseguridad, tienen vigencia plena y obligatoria hasta finales de junio del presente año.

Esta disposición contenida en la Resolución Ministerial 1293/21, emitida el 31 de diciembre de 2021, está dirigida a contener la propagación del Covid- 19 en las fuentes laborales y proteger la salud y vida de las y los trabajadores.

El trabajo a distancia y teletrabajo está como una opción permanente siempre y cuando la naturaleza de la actividad laboral lo permita y es una opción preferente para las personas en situación de vulnerabilidad, es decir, mayores de 65 años, mujeres embarazadas y personas con enfermedad de base.

De igual manera, los protocolos de bioseguridad en el sector público y privado deben cumplir con los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud, es decir, uso obligatorio y adecuado de barbijos, distanciamiento de 1,50 a 2 metros, lavado y desinfección de manos.