La CPI no emitió fallo para liberar a Evo, desestimó investigar el caso

«Ahí no hay ninguna liberación de culpa, no han tratado el tema, pero (el Gobierno) lo está utilizando como si fuera una presunción de inocencia», señaló el diplomático y exembajador de Bolivia, Jaime Aparicio Otero.

 

  • En agosto de 2020, bloqueos del MAS impidieron que llegue oxígeno a hospitales. | APG

 



Fuente: Los Tiempos
Wilson Aguilar

La Corte Penal Internacional (CPI) no emitió ningún fallo de inocencia o culpabilidad por la denuncia planteada en estrados internacionales por evitar el ingreso de oxígeno a las ciudades por los bloqueos de 2020; lo único que hizo el fiscal del caso es desestimar la apertura de una investigación preliminar por considerar que el caso no se adecúa al artículo 7 de del Estatuto de Roma sobre crímenes de lesa humanidad, según exdiplomáticos y analistas.

“Ahí no hay ninguna liberación de culpa, no han tratado el tema, pero (el Gobierno) lo está utilizando como si fuera una presunción de inocencia, pero lo que ocurre es que el fiscal de la CPI se toma un tiempo para ver si acepta o no el caso, y al momento no ha dicho nada sobre el tema de fondo”, señaló el diplomático y exembajador Jaime Aparicio Otero.

Agregó que, en esta primera instancia, lo único que se determina es si va a analizar el caso, si van a juzgar, si van a ingresar en materia y si es que se cumplen ciertos estándares internacionales. Eso es lo único que dice el reporte de la CPI.

Sin embargo, tanto el senador Leonardo Loza como el procurador del Estado, Wilfredo Chávez, han anunciado juicios contra la expresidenta Jeanine Áñez y funcionarios de su gobierno por difamación y calumnia apoyados en el informe de la CPI.

El fiscal de la CPI, Karim A. Khan QC, en su examen preliminar de la “Situación en Bolivia”, señala: “He determinado que no se han cumplido los criterios establecidos en el Estatuto de Roma para abrir una investigación”.

Refiere que en la remisión se alega que los bloqueos de agosto 2020 que impidieron deliberadamente el acceso de la población boliviana a servicios médicos vitales, suministros y servicios no se aplica a los crímenes de lesa humanidad de asesinato bajo el artículo 7(1)(a) y otros actos inhumanos bajo el artículo 7(1)(k) del Estatuto de Roma. Por lo que considera en su informe que no existe una base razonable para creer que se han cometido presuntos delitos dentro de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.

“En ninguna parte va a encontrar que hay un presunción de inocencia o una declaración de que no se ha cometido ese delito, sino que no son delitos que puede ver la Corte Penal Internacional, porque ellos tienen los elementos de valoración de las pruebas y de la gravedad del asunto que son muchos mas altos”, señala Aparicio Otero.

Vinculante

Sobre el tema, el Ministerio de Justicia, mediante comunicado, refirió que “el Gobierno nacional acoge como vinculante y de cumplimiento obligatorio la decisión del fiscal de la CPI, Karim A. A. Khan QC, quien determinó que ‘no existe fundamento suficiente para procesar en ese tribunal al expresidente constitucional de Bolivia Evo Morales’”.

Al respecto, Aparicio cuestionó esa posición, toda vez que no es un fallo, sino un informe, por lo que no se puede decir que es vinculante o no, porque lo que se hizo es que la CPI “ha considerado que este caso no está dentro de su competencia, pero en ningún momento lo están absolviendo o diciendo que no se ha cometido, simplemente que no van a tratar el caso”.

Agregó que esto no cierra las puertas para que esta denuncia sea considerada en otros ámbitos, que podría ser la justicia boliviana, pese a que el sistema de justicia esta cooptada por el poder político.

Aparicio mencionó que, tal como anuncia el Fiscal de la CPI, esta decisión puede ser sujeta a revisión judicial por la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte a solicitud del Estado remitente.

Karim AA Khan QC Arim señala que “también puede ser reconsiderado por mi oficina sobre la base de nuevos hechos o información”.

MAS prepara demanda por injurias y calumnias

onocido el examen preliminar de la Situación en el Estado Plurinacional de Bolivia, el oficialismo anunció que demandará por “calumnia” a las exautoridades del Gobierno de Jeanine Áñez que denunciaron al expresidente Evo Morales ante la Corte Penal Internacional (CPI),

El senador Leonardo Loza (MAS) anunció la instauración de una demanda penal contra José María Cabrera, procurador general del Estado en la Administración de Áñez, por los supuestos delitos de injuria y calumnia.

“No sé cuáles son los fundamentos para intentar demandar al exprocurador que, de acuerdo con la norma, tiene inviolabilidad”, refiere el legista Ramiro Cárdenas.

El artículo 17 de la Ley de la Procuraduría General del Estado señala que “el Procurador General del Estado es inviolable, en todo tiempo, por las opiniones, informes, resoluciones, recomendaciones o dictámenes que emita en el ejercicio de sus funciones”.

Denuncia

En 2020, Cabrera fue quien denunció a Loza y Evo Morales ante la Corte Penal Internacional (CPI) por delitos de lesa humanidad debido al bloqueo que impidió el paso de oxígeno medicinal para atender a pacientes de Covid-19. Pero fue destituido en septiembre de 2020 a solicitud del exministro de Gobierno Arturo Murillo.

Defienden a Evo Morales

El diputado Héctor Arce (MAS) sostuvo ayer que la oposición fracasó en su intento de denigrar la imagen del expresidente ante la comunidad internacional.

“La oposición, producto de la pobreza y miseria mental, ha intentado mostrar frente a la comunidad internacional que se habrían cometido delitos de lesa humanidad.

En septiembre de 2020, el entonces procurador general del Estado, José María Cabrera, presentó una denuncia ante la Corte Penal Internacional por el bloqueo carreteras de parte de seguidores del MAS que impidió el paso de camiones que transportaban oxígeno medicinal en plena pandemia.