Decreto 0181 tiene mecanismos que fomentan la transparencia en las contrataciones del Estado

Decreto 0181 tiene mecanismos que fomentan la transparencia en las contrataciones del Estado
El Ministerio de Economía en la ciudad de La Paz. Foto: Archivo.

 

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ratificó que el Decreto Supremo (DS) 0181, norma básica de administración de bienes y servicios, establece mecanismos orientados a fomentar la competencia y la transparencia en las contrataciones públicas.

Por tanto, esta cartera de Estado rechaza las declaraciones realizadas por la presidenta de la Cámara de la Construcción de Santa Cruz (Cadecocruz), María Carolina Gutiérrez, quien declaró a los medios de comunicación que “el DS 0181 se aplica de manera discrecional, antojadiza o avala procesos de adjudicación de dudosa transparencia”, indica un boletín.



Añadió que las declaraciones de la Presidenta de Cadecocruz reflejan el desconocimiento de la norma, por tanto, indicó que es necesario hacer conocer que el decreto 0181 regula las contrataciones de bienes y servicios, considerando los principios de transparencia, publicidad, control social, libre participación y equidad, entre otros.

En este sentido, todos los procesos de contratación, cuyas cuantías sean superiores a Bs 20.000, deben ser registrados de manera obligatoria en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), permitiendo que cualquier persona pueda acceder a la información de la contratación de bienes, obras y servicios que realizan las entidades públicas.

El Gobierno nacional viene aplicando medidas para optimizar el uso de los recursos públicos, fortalecer la transparencia, reducir los riesgos de corrupción, automatizando los procesos de contratación y fomentar la participación activa de los potenciales proponentes a través de la aplicación de medios electrónicos y mecanismos de contratación como la Subasta Electrónica, Consulta de Precios, Mercado Virtual, entre otros.

Las licitaciones públicas para la contratación de obras, de acuerdo con lo regulado en el Artículo 24 del DS 0181, que data de la gestión 2009, contemplan las formas de adjudicación “Por el total”, “Por tramos” o “Por paquetes”, permitiendo de esta manera la posibilidad de adjudicarse a más de una empresa nacional.

El DS fomenta la participación de empresas constructoras nacionales en la contratación de obras, a través de la aplicación de márgenes de preferencia. Asimismo, su artículo 87 prevé que, en caso de adjudicarse a proponentes extranjeros, éstos deberán subcontratar a empresas nacionales.

El Sicoes desde su implementación, y en la actualidad el Mercado Virtual, la Subasta Electrónica y Consulta de Precios se constituyen en mecanismos que modernizan la gestión y fortalecen la transparencia en los procesos de contrataciones estatales.

Fuente: ABI