En el MAS plantean que adjunto de Defensoría asuma interinato

La propuesta gira en torno a nombrar, por mayoría en la ALP, a uno de los delegados defensoriales adjunto, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 870.

Pablo Peralta M. / La Paz

El diputado oficialista Juan José Jáuregui plantea una salida al estancamiento registrado en el proceso de designación del nuevo defensor del Pueblo. La propuesta gira en torno a nombrar, por mayoría de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y de forma interina,  a uno de los delegados defensoriales adjunto, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 870.



El legislador explicó que en ese artículo señala que el cese de funciones del defensor procederá, entre otras razones, por “cumplimiento de mandato”. En ese marco, el oficialista considera que Nadia Cruz, defensora interina, cumplirá ya los próximos días el mandato de David Tezanos Pinto, quien renunció al puesto en enero de 2019.

“El caso de la señora Cruz, porque ella ha sido electa de manera interina para continuar el mandato del señor Tezanos. Entonces, ella ya está cumpliendo los seis años para los cuales ha sido electo Tezanos. Entonces, por conclusión de mandato, ella ya no tuviera que estar. Ese es mi razonamiento”, explicó a Página Siete Jáuregui, presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados.

Tezanos Pinto fue designado como Defensor del Pueblo el 13 de mayo de 2016, por lo que el mandato iniciado en esa fecha fenece mañana, 13 de mayo de 2022. Cruz fue designada interina en enero de 2019.

Jáuregui citó el artículo 12 de la Ley 870, que entre otros detalles  dispone que el defensor del Pueblo “podrá ser reemplazado interinamente por cualquier Delegada o Delegado Defensorial Adjunto”, quien deberá ser nombrado por la ALP en tanto se realice un nuevo proceso de elección, selección y designación.

“Y lo que tiene que hacerse es nombrar, apegado al parágrafo segundo del artículo 12 de la Ley 870, por la Asamblea Legislativa pero ya no por dos tercios, sino por simple mayoría, porque no señala eso, es otra naturaleza de elección, a un defensor interino  de entre los  delegados defensoriales adjuntos”, dijo Jáuregui.

El 5 de mayo, la ALP no pudo lograr los dos tercios para la designación del nuevo titular de la Defensoría del Pueblo. Se realizaron dos votaciones sin éxito. Entonces, el vicepresidente David Choquehuanca, presidente nato de la ALP, declaró la sesión en cuarto intermedio, sin fecha ni hora de reanudación.

La sesión de la Asamblea Legislativa del jueves pasado.
Foto: Carlos Sánchez / Página Siete

Hasta el momento no se lanzó la convocatoria para reinstalar la sesión. Legisladores de Creemos y Comunidad Ciudadana indicaron que están en vigilia para evitar ser sorprendidos. La primera fuerza expresó que su postura es que votará en blanco, en busca de que haya una nueva convocatoria.

“Un supuesto consenso entre las tres fuerzas políticas del Legislativo durante la última etapa del proceso de selección y designación no solucionará en absoluto la crisis institucional”, señala el comunicado de Creemos, que leyó ayer la senadora Centa Rek.

Consultada sobre una eventual continuidad del interinato de Cruz en la Defensoría, Rek respondió: “Ese no es nuestro problema”.

 

La Ley 870
  • Cese Esa ley, en su artículo 12, señala que  el cese de funciones del defensor del Pueblo procederá cuando  haya renuncia,  cumplimiento de mandato o muerte, entre otras razones.
  • Reemplazo En esa norma se establece que cuando se produzcan las causales señaladas, el defensor del Pueblo podrá ser reemplazado interinamente por cualquier delegada o delegado defensorial adjunto.