Expulsión de Cuéllar del MAS queda en suspenso hasta que TCP resuelva demanda

El Tribunal Constitucional analiza un acápite de la Ley de Organizaciones Políticas que hace referencia al «transfugio político».

 



La resolución final sobre la expulsión y pérdida del curul del diputado del MAS Rolando Cuéllar quedó en suspenso mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) resuelve una demanda de Acción de Inconstitucionalidad contra la ley electoral que regula la figura de “transfugio”.

“De conformidad al art. 82 del Código Procesal Constitucional, queda en suspenso el pronunciamiento de la resolución final dentro del proceso seguido en contra de Rolando Américo Enríquez Cuéllar con relación a la aplicación del art. 38 inc. c) de la Ley de Organizaciones Políticas y normas conexas, entre tanto el Tribunal Constitucional no se pronuncie”, se lee en el auto Constitucional 0141/2022-CA del TCP.

Fuente: paginasiete.bo

El artículo 38 de la Ley de Organizaciones Políticas hace referencia al transfugio político y en su inciso c) señala que se incurrirá en esta figura cuando la o el representante que ocupe cargos electivos de representación política “asuma de forma pública una posición política contraria a la declaración de principios, la plataforma programática y/o al programa de gobierno de la organización política que la o lo postuló”.

Cuéllar argumentó que este precepto establece restricciones a derechos fundamentales y garantías constitucionales, porque no puede ser considerado transfugio el que una persona pueda emitir declaraciones contrarias a los principios, la plataforma programática y/o al programa de gobierno de la organización política que la o lo postuló.

Asimismo, el legislador demandó la inconstitucionalidad de algunos artículos del estatuto del MAS, entre ellos, el que establece “respeto al liderazgo nato”, porque advierte que fue hecho para beneficiar a una sola persona, de la cual no se podrá hacer observaciones o cuestionamientos sobre el artículo que pide 10 años de antigüedad para ser dirigente porque sería discriminatorio, entre otros.

Al respecto, el TCP rechazó analizar el estatuto del MAS.