Felcc busca mecanismo para que la Fiscalía abra de oficio el caso regalos de Boca

Costa, titular de Always, pidió a la Conmebol que aplique el Código de Ética por lo sucedido el miércoles.

 

 



Fuente: paginasiete.bo

Después del polémico partido entre Always Ready y Boca Juniors, el director departamental de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), Rolando Rojas, adelantó ayer que se busca un mecanismo para que la Fiscalía abra de oficio  el caso regalos de Boca.

“No tenemos una apertura de caso formal. Estamos generando un mecanismo para, mediante un informe, poner en conocimiento de la Fiscalía de que se pueda hacer una apertura del caso, de oficio”, explicó Rojas.

El miércoles pasado, Always Ready mostró, a través de un video, que policías encontraron cuatro paquetes en el vestidor de los árbitros. Según el boliviano Juan Carlos Lugones, asesor de árbitros de la Conmebol, eran regalos entregados por Juan Román Riquelme, vicepresidente de Boca Juniors.

“Según conocemos de los medios, se encontraron dos poleras y dos paquetes vacíos. El personal que intervino es de la Policía. Ellos no informaron nada, no derivaron el caso aún.  Tendrían que remitir este caso a las oficinas, pero hasta ahora no recibimos nada”, explicó Rojas, quien adelantó que en la Felcc “tomaremos la previsión  porque quien debería tomar las acciones o denunciar el hecho de manera directa es el club o la Federación Boliviana de Fútbol. Pero tomaremos los recaudos”.

Costa

“Creo que la Policía está actuando en el informe de lo que realmente ha sucedido, aunque todos hemos visto que ha habido regalos al cuerpo arbitral”, dijo Andrés Costa, presidente de Always Ready.

Según Costa, Conmebol debe  actuar. El Código de Ética del ente establece en su artículo 22 titulado “Ofrecimiento y aceptación de obsequios u otros beneficios” estos temas: “Las personas sujetas al presente Código sólo podrán ofrecer o aceptar obsequios en los casos en que dichos obsequios u otros beneficios: A) Tengan un valor simbólico o irrelevante. B) Excluyan toda influencia en la ejecución u omisión de un acto. C) No contravengan sus obligaciones. D) No deriven en beneficios económicos indebidos o de otra índole. E) No causen un conflicto de intereses. Cualquier obsequio o beneficio que no cumpla todos estos criterios está prohibido”.