El escándalo de corrupción destapado por el concejal Manuel Saavedra en la dirección de cementerios municipales, originó que presente un proyecto de ley para evitar los cobros irregulares, con la puesta en vigencia de una pausa administrativa y la descentralización de la atención hacia los 24 camposantos de la ciudad.
Fuente: Prensa Demócratas
El edil cuestionó el trabajo de la dirección de transparencia donde se presentará este viernes a dar su declaración informativa y anunció que una decena de afectados se sumarán a la denuncia presentada la semana pasada en el Ministerio Público.
“El gobierno municipal está sin rumbo. Primero un tatú en la parrilla, marchas de vecinos pidiendo obras y ahora cobros irregulares en cementerios e impuestos. A este paso vamos a tener que hacer una ley en el Concejo Municipal para que en las oficinas donde se hacen trámites, los funcionarios municipales tengan uniforme sin bolsillo para que no haya donde meter la plata”, ironizó.
Saavedra detalló en el plenario su propuesta para evitar más casos de corrupción con el beneficio de un año para que los vecinos regularicen sus nichos y que sean atendidos en los lugares donde tienen a sus familiares sepultados.
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“Con eso se acaban los cobros y el negocio. El ciudadano que tenga algún problema en La Cuchilla, Tres Lagunas o La Colorada, no tendrá que ir al cementerio General hasta el centro. Queremos saber qué hace la dirección de transparencia porque la directora de cementerios dijo que había hecho 14 denuncias contra cobros en su dirección, pero los cobros seguían”, manifestó.
Datos del proyecto de ley de pausa administrativa de los procesos de reversión de mausoleos, lotes, nichos y osarios de los cementerios municipales
PAUSA ADMINISTRATIVA
ARTÍCULO 4º (APROBACIÓN).- Se aprueba una pausa administrativa para todos los procesos de reversión de mausoleos, lotes, nichos y osarios de los cementerios municipales, que estén en proceso de ejecución o por ejecutarse por parte del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en función a las normas municipales vigentes.
ARTÍCULO 5º (PLAZO).- El plazo de la pausa administrativa establecida mediante la presente ley, será de un año calendario computable desde su publicación y puesta en vigencia.
ARTÍCULO 6º (INFORMACIÓN Y NOTIFICACIÓN).- El Órgano Ejecutivo Municipal remitirá para conocimiento y fiscalización del
Concejo Municipal, el listado de todos los procesos de reversión que sean suspendidos o declarados en pausa, a consecuencia de la presente ley.
Asimismo, se deberá notificar formalmente a cada uno de los interesados y/o afectados sobre la pausa administrativa realizada en el correspondiente proceso de reversión de mausoleos, lotes, nichos y osarios.
ADMINISTRACIÓN DE LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES
ARTÍCULO 7º (INSTRUCCIÓN).- Se instruye al Órgano Ejecutivo Municipal, en el marco de las normas aplicables, realizar una modificación en la estructura de funcionamiento de la Unidad Operativa Desconcentrada de Cementerios Municipales, conformando una instancia descentralizada y asegurando una administración individualizada de cada cementerio municipal.
ARTÍCULO 8º (IMPLEMENTACIÓN).- Esta nueva estructura de funcionamiento deberá ser implementada antes de la finalización de la pausa administrativa establecida mediante la presente ley autonómica municipal.