La Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado realizó cambios en la norma que será debatida en la Cámara de Diputados y, posteriormente, en la de Senadores.
La presidenta de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado, senadora Virginia Velasco, expuso este lunes los cambios del proyecto de ley 179/2021, con el fin de precautelar los derechos a las víctimas de feminicidio, infanticidio, violaciones a niño, niña y adolescentes.
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Ese proyecto de ley fue aprobado por la comisión el miércoles 15 con modificaciones que “endurecen” las sanciones a los agresores que incurren en ese tipo de delitos.
“Esta ley establece que no prescriben esos delitos de feminicidio, infanticidio, violaciones a niño, niña y adolescentes (…). Nos preocupa a todos; hay que trabajar desde la familia y la educación”, dijo la legisladora del Movimiento Al Socialismo (MAS) en una entrevista con La Razón Radio.
Otra de las modificaciones que expuso Velasco contempla que los delitos de feminicidio, infanticidio y violación a menores “no prescriben”.
Asimismo, aseguró que, con los cambios en la comisión compuesta por los tres órganos (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), “los imputados por ese tipo de delitos no podrán gozar de medidas sustitutivas a la detención preventiva y no podrán optar por una cesación durante el máximo de la detención, hasta que concluya el proceso”.
“Estamos protegiendo y precautelando violencia hacia las mujeres y a las niñas, niños y adolescentes”, insistió.
Explicó que “se conoció de muchos casos” de revictimización, donde las autoridades competentes no prestaban la colaboración pertinente a las mujeres que denunciaban ese tipo de hechos.
También aseguró que, en algunos procesos, cuando los acusados se beneficiaban de alguna medida sustitutiva, “no notificaban a las víctimas, (pero) ahora (con las modificaciones realizadas al proyecto de ley) se va a notificar al Ministerio Público y a la víctima, para que las partes estén enteradas de todas las medidas y puedan asistir (a las audiencias)”.
Las modificaciones a esa norma establecen, ahora, que las víctimas de ese tipo de violencia y que escapaban de su agresor podrán realizar la denuncia en cualquier departamento. “Ahora, por tema de competencia territorial va a poder denunciar en cualquier departamento y la Fiscalía, de oficio, deberá investigar y buscar justicia”.
Incluso, habló de las modificaciones a la ley 025. “Se han aumentado las penas para las autoridades judiciales que cometan prevaricato de ocho a 20 años (de sanción). Vimos que los jueces estaban beneficiando los (agresores) que tenían una sentencia condenatoria, e incluso ejecutoriada”.