La ley del Censo debe superar tres filtros para su promulgación

De acuerdo a la Constitución Política del Estado (CPE), la norma sancionada en la Asamblea Legislativa podrá ser observada por el Presidente en un plazo de 10 días hábiles desde su recepción.

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La Cámara de Diputados aprobó la norma después de más de 10 horas de debate. Foto: Diputados

Fuente: noticiasfides.com

La Comisión de Constitución del Senado, el pleno de la Cámara Alta y el Ejecutivo son los tres filtros que aún debe vencer el proyecto de ley de Aplicación de los resultados del Censo para su promulgación, la norma fue aprobada la madrugada del sábado por más de dos tercios de la Cámara de Diputados.



El senador del Movimiento Al Socialismo (MAS) Félix Ajpi, explicó a la ANF que una vez que la norma sea remitida a la presidencia de esa instancia se convocará a una sesión que derivará el documento a la comisión de Constitución para su evaluación y determinar si es viable o no.

“La norma se aprobó en la Cámara de Diputados. Nosotros debemos esperar que la norma sea remitida al senado y en base al reglamento se analizará la norma, veremos si es viable o no y si debe ser sancionada o modificada”, manifestó.

Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, la norma fue remitida a la presidencia del Senado, pero de acuerdo a procedimiento el proyecto solo puede ingresar un día hábil, es decir el lunes y siga el conducto regular. Aunque los opositores plantearon que la norma se apruebe a la brevedad posible y sea admitida bajo dispensación de trámite.

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