Senador Paz señala que los artículos 176 y 149 de la Ley 065 de creación de la Gestora vulnera el artículo 45 de la Constitución

El senador Rodrigo Paz, en conferencia de prensa, informó sobre la acción abstracta de inconstitucionalidad que presentó en pasadas horas al Tribunal Constitucional contra los artículos 176 y 145 de la Ley 065 de creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, porque vulneraría el artículo 45 de la Constitución Política del Estado.

Fuente: Prensa Senador Rodrigo Paz/CC

“Porque este gobierno ni otro gobierno a futuro tiene el derecho de tomar los recursos de los bolivianos en pensiones y jubilaciones sin permiso, como en su momento fue autorizado por los mismos bolivianos con las a AFP (las Administradoras de Fondos de Pensiones) mediante firma de contrato, aquí no hubo contrato. El Gobierno a través de la Ley 065 tomó el dinero que no es suyo», argumentó.



Explicó que el artículo 45 de la de la Constitución establece todas las atribuciones y responsabilidades del Estado, menos pensiones y jubilaciones. “Por eso la ilegalidad de los artículos 176 y 149 de la ley 065, por los cuales hemos presentado esta acción de inconstitucionalidad abstracta, para que estos dos artículos salgan de la norma”, agregó.

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