El Gobierno dispone uso del 6% de las utilidades de la banca para fondos de garantía para gremiales y de vivienda


El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, habló del DS 5096 y del fondo con 15.7 millones de dólares creado con las utilidades de las entidades financieras

[APG] / Una movilización de los gremiales

Fuente: Unitel



El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5096 mediante el cual dispone el destino del 6% de las utilidades netas de la banca de la gestión 2023 para fondos de gremiales y vivienda.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, explicó que ese porcentaje de las utilidades de los bancos múltiples y de la pequeña y mediana empresa (Pyme) será incluido en los fondos de créditos de función social.

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La norma “tiene por objeto determinar el porcentaje de las utilidades netas de 2023 que los bancos múltiples y los bancos Pyme deberán destinar para el cumplimiento de la función social de los servicios financieros”.

Montenegro precisó que el fondo es del 6% y “más o menos ronda por los 15,7 millones de dólares de las utilidades que han obtenido” en la gestión pasada.

Este dinero se destina al Fondo de Garantía para Créditos de Vivienda de Interés Social (Fogavisp), Fondo de Garantía de Créditos al Sector Productivo (Fogacp), un fondo destinado a respaldar la garantía para operaciones de microcrédito y crédito PyME; al Fondo para Capital Semilla (Focase) o el Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Gremial (Fogacre).

Esta norma busca “diversificar las oportunidades a los que menos tienen”, a los pequeños productores, por ejemplo, para que accedan a créditos.

”Nosotros vamos en la línea que este porcentaje de las utilidades se destine a mejorar la productividad, el acceso a los que menos tienen y diversificar las oportunidades a sectores que cuando se acercan al sector financiero tradicionalmente tienen obstáculos porque hay requerimientos que son inaccesibles”, señaló Montenegro.

Gracias a estos fondos es posible que estos sectores puedan acceder” a créditos, destacó la autoridad del Gobierno

LOS FONDOS

Fogavisp

El Fondo de Garantía de Créditos de Vivienda de Interés Social (Fogavisp) es un fondo destinado a garantizar el monto de financiamiento que suple el aporte propio exigido por las Entidades de Intermediación Financiera a los solicitantes de Crédito de Vivienda de Interés Social (D.S.2137), mismo que cubre hasta el 20% del préstamo, reseña la página web del banco estatal Unión.

Los recursos de este fondo constituyen un patrimonio autónomo, independiente de las Entidades de Intermediación Financiera constituyentes, debiendo ser administrados y contabilizados en forma separada.

Fogacp

El Fondo de Garantía de Créditos al Sector Productivo (Fogacp) es un fondo destinado a respaldar el otorgamiento de garantías para operaciones de microcrédito y crédito PyME, destinadas al sector productivo para capital de operaciones y/o capital de inversión, incluidas operaciones de créditos para financiamiento al sector turismo y producción intelectual (D.S.2136), monto de financiamiento que suple al aporte propio exigido por las Entidades de Intermediación Financiera a los solicitantes de créditos destinados al sector productivo, mismo que cubre hasta el 50% del préstamo.

Los recursos de este fondo constituyen un patrimonio autónomo, independiente del patrimonio de la entidad financiera, debiendo ser administrados y contabilizados en forma separada, reseña la misma fuente..

Fogacre

El Fondo de Garantía de Créditos al Sector Gremial (Fogacre) es un fondo destinado a respaldar el otorgamiento de garantías para operaciones de microcrédito y crédito PyME, destinados al sector gremial para capital de operaciones y/o capital de inversión (D.S. 4666), monto de financiamiento que suple al aporte propio exigido por las Entidades de Intermediación Financiera a los solicitantes de créditos destinados al sector.

Con este fondo se cubre hasta el 50% del préstamo. Los recursos del fondo de garantía constituyen un patrimonio autónomo, independiente de las entidades de intermediación financiera constituyentes, debiendo ser administrados y contabilizados en forma separada.

Focase

Mediante Decreto Supremo Nº 3036, de 28 de diciembre de 2016, se determinó que todos los bancos múltiples y bancos pyme, en el marco de su función social, destinen el 6% de sus utilidades netas de la gestión 2016, cuya finalidad fue especificada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP), mediante Resolución Ministerial.

Consecuentemente, el 10 de febrero de 2017, a través de la Resolución Ministerial Nº 055, se determinó que todos los bancos múltiples y bancos pyme transfieran el 3% y 6% de sus utilidades netas de la gestión 2016, respectivamente, para la constitución del Fondo para Capital Semilla (Focase).

En la misma resolución, el Parágrafo III de la Disposición Quinta estableció que la administración del FOCASE esté a cargo del Banco de Desarrollo Productivo Sociedad Anónima Mixta (BDP– SAM), reseña un boletín de esta institución estatal


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