Arbitrajes en CAINCO heridos de muerte

Juan Carlos Urenda Díaz: Sinónimo de autonomías – eju.tv

Juan Carlos Urenda

La espantosa corrupción en el órgano judicial en Santa Cruz está dañando los arbitrajes de la CAINCO. La Ley de Conciliación y Arbitraje establece que éstos no deben durar más de ciento ochenta días, salvo una breve prórroga autorizada por el tribunal. Sin embargo, la corruptela ha generado una serie artimañas de que van en desmedro de la credibilidad del procedimiento arbitral.



La artimaña más común es el recurso de nulidad del laudo (sentencia arbitral). La Ley permite este recurso cuando un laudo hubiera vulnerado el “orden público”. Pues bien, ahora la mayoría de los laudos son demandados de violar el “orden público” concepto que, si bien está especificado en la Ley, en los hechos se presta para que cualquier argumento sirva para tal propósito ante jueces venales.

Esto está llevándonos a la situación de que el arbitraje se está convirtiendo en la antesala de un proceso judicial posterior, lo que resulta de verdad paradójico porque cuando las partes de un contrato se avienen a una cláusula arbitral es justamente para no verse envueltos en los enredos y corrupción del órgano judicial que ya nadie pone en duda. Pero eso no es todo.

La corruptela recientemente ha logrado artimañas legales para evitar, esta vez, el inicio de los arbitrajes.

El modus operandi es el siguiente: una de las partes plantea un amparo constitucional contra cualquier resolución del Centro de Arbitraje, se produce la audiencia de amparo y, en la sentencia correspondiente, de “garantías constitucionales” independientemente del resultado de la sentencia, al final se indica que el arbitraje queda suspendido hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional lo revise, lo que significa que la CAINCO se queda sin el arbitraje y una de las partes, la víctima, sin que nadie vele por sus derechos, por aproximadamente dos años.

Otra viveza que se está practicando (ya mucho más osada) es la de demandar ante el juez ordinario la nulidad de los contratos sujetos a arbitraje, y este, con una “medida cautelar”, ordena la prohibición de sustanciar y tramitar procesos arbitrales. Esto ya es claramente delincuencial porque vulnera la naturaleza, la esencia misma del arbitraje, pero se está haciendo.

Estas artimañas tienen víctimas múltiples: CAINCO que deja de percibir los ingresos por arbitrajes y se le impide prestar un servicio eficiente a empresas y personas; los litigantes que ya no tienen vehículos confiables de administración de controversias, y la población que observa atónita como se va quedando sin instituciones creíbles.

CAINCO tiene la palabra, debe actuar. No puede permitir pasivamente que jueces venales (en concomitancia con litigantes corrompedores, claro está) desprestigien un valioso instrumento de administración de controversias. Su silencio equivaldría a complicidad.