Comisiones mixtas cuestionan los amparos constitucionales interpuestos por inhabilitados

El director de Asuntos Jurídicos del Senado observa un intento de defenestrar el proceso de preselección de candidatos a las judiciales

eju.tv / Video: Wara TV

Boris Bueno Camacho / La Paz



El director de Asuntos Jurídicos Legales de la Cámara de Senadores, Israel Quino, señaló este viernes que, luego de una valoración técnico-jurídica en materia constitucional de parte de los asesores de las comisiones de Justicia Plural y Constitución, se determinó el rechazo de los amparos constitucionales presentados por candidatos inhabilitados, porque no son el recurso idóneo para interponer y suspender un proceso de elección judicial.

Quino observó la falta de conocimiento de los jueces que admitieron los recursos en los departamentos de Santa Cruz, La Paz y Beni, porque incurrieron en determinaciones contradictorias al momento de emitir su dictamen; e, incluso, hubo la recepción del recurso sin tener competencia para ello tal cual sucedió con un tribunal de la población de Achocalla, en La Paz.

“La valoración de jueces constitucionales tanto en Santa Cruz como en La Paz son contradictorias, los jueces constitucionales de Santa Cruz ordenan suspender el proceso, los jueces constitucionales de La Paz ordenan continuar el proceso; es una clara muestra que los operadores de justicia desconocen el procedimiento constitucional y tienen valoraciones subjetivas al momento de admitir este tipo de acciones constitucionales”, resaltó.

El director jurídico del senado y los secretarios técnicos de las comisiones mixtas. Foto: captura pantalla

 

El abogado explicó que lo que corresponde es interponer el recurso constitucional contra resoluciones del Órgano Legislativo, tal cual está dispuesto en los artículos 139 y 140 del Código Procesal Constitucional, figura que se activa cuando se vulnera un derecho a partir de un acto administrativo emergente de algunas de las instancias de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP)

El director jurídico del Senado informó que las comisiones mixtas fueron notificadas de forma oficial con cinco amparos constitucionales admitidos a postulantes que fueron inhabilitados en el proceso de preselección de candidatos para las elecciones judiciales, pero que bajo ningún motivo estos pueden suspender el proceso de preselección.

Quino señaló que los argumentos esgrimidos por los desafectados son la vulneración a sus derechos que tienen que ver con el debido proceso, o el principio de preclusión, entre otras valoraciones que justifican los accionantes a quienes se les respetará el derecho de presentar los recursos jurídicos que consideren pertinentes.