Suman los amparos para paralizar el proceso de preselección de candidatos a las judiciales

El abogado Yaco Conde anuncia la presentación del recurso cautelar porque asegura que su inhabilitación es injustificada

eju.tv / Video: DTV

Boris Bueno Camacho / La Paz



El abogado Yaco Leonel Conde, postulante inhabilitado al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) presentó el jueves una acción de amparo ante el Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de La Paz, para que se paralice la preselección de candidatos a las elecciones judiciales, porque considera que la convocatoria no fue clara sobre los requisitos a presentar, motivo que determinó su descalificación.

Ataviado de un uniforme de barrendero, el abogado protestó contra el proceso de preselección al que calificó de viciado; en ese sentido, informó que el amparo constitucional presentado fue sorteado y será la Sala Segunda la que hará conocer el día de la audiencia que determinará si sus derechos y los de otros abogados fueron vulnerados como expuso en la demanda correspondiente.

Conde relató que el recurso cautelar va contra la resolución N° 14, emitida por la Comisión Mixta de Justicia Plural, porque carece de fundamentos y no contempla varias consideraciones expuestas por su persona en distintos memoriales enviadas a esa instancia legislativa; pero, también calificó dicho documento como ofensivo e insultante.

“En un apartado, dentro de la fundamentación, de la resolución se dice algo que de por sí ya es lesionadora de los derechos del suscrito abogado, en la parte última del considerando 3 porque claramente dice: ‘nadie puede ser escuchado alegando su propia torpeza’; además de ser una resolución que no tiene fundamentos, es una resolución mal educada, torpe, que está llamando torpe a este abogado que todo lo que ha hecho es postularse en el marco de la convocatoria que ellos han realizado, considerando que está mal hecha”, señaló.

Foto: captura pantalla

 

Asimismo, el legista denunció que los requisitos fueron ‘direccionados’ desde un principio, porque se discriminó el derecho a postular de los abogados litigantes y la convocatoria se ‘reservó’ para los profesionales que cumplieron una función pública; la cual, dijo, no responde a criterios meritocráticos, sino a aspectos meramente políticos.

“La igualdad, a partir de la sentencia constitucional 260/ 2014, ha sido catalogada como una garantía constitucional que, a su sola violación y menoscabo, permite a cualquier ciudadano, en este caso un abogado litigante que ha sido excluido y que no ha sido tratado de forma igualitaria como el resto, le abre la posibilidad de accionar mediante el amparo constitucional, porque se le está discriminando”, puntualizó.