Fiscalía rechaza denuncia contra exviceministro Lovera por desvío de coca ante la falta de pruebas

 Por la falta de pruebas, el cumplimiento de plazos de la etapa de investigación y otros siete elementos, el Ministerio Publico decidió rechazar la denuncia en contra del exviceministro de Coca y Desarrollo Integral, Arlem Lovera y la funcionaria Naftha Otmar por la supuesta red de desvío de coca donada.imagen aleatoria
Exviceministro de Coca, Arlem Lovera. Foto: Internet

 

Fuente: ANF

“El suscrito Fiscal de Materia, al amparo de los Arts. 301.3) у 304. 3) de la norma adjetiva penal citado, se emite la resolución de rechazo, a favor de: Naftha Lisset Otmar Gutiérrez, por la presunta comisión del delito de uso de instrumento falsificado previsto y sancionado por el art. 203 del Código Penal. Arlem Benjamin Lovera Esprella, por el hecho adecuado al delito de Uso Indebido De Influencias”, señala la parte resolutiva del documento al que accedió la ANF.



La resolución de rechazo fue emitida el 19 de abril por el fiscal de materia Bladimir Bolívar, esa determinación fue enviado al Juzgado Sexto de Instrucción Penal Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres de La Paz el 22 de ese mes. Ambos sindicados eran investigados por los delitos de uso indebido de influencias y uso de instrumento falsificado.

En junio de 2023, el dirigente de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Omar Ramírez, denunció la existencia de una red de corrupción por el movimiento “irregular” de taques de coca. Supuestamente ese hecho estaba a la cabeza del exviceministro Arlem Lovera, el expresidente del Consejo de Federaciones Campesinas de Los Yungas de La Paz (Cofecay) y actual viceministro de Coca, Ernesto Mamani y, su pareja sentimental, Naftha Otmar, funcionaria del Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA).

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Tras conocer esa denuncia, a finales de ese mes, el entonces ministro de Desarrollo Rural y Tierras, Remmy Gonzales, destituyó a Lovera y fue remplazado por Jesús Chipana que ejerció funciones hasta el 23 de mayo de este año. En su lugar se posesionó a Ernesto Mamani que también fue vinculado en este proceso.

Los fundamentos

El primer argumento que explica el fiscal es que el demandante no demostró los presuntos hechos ilícitos que se denunciaron, por tanto, no se pueden basar en simples denuncias y continuar con el proceso se vulnera la presunción de inocencia.

“Si bien indica aspectos que se habría cometido hechos antijurídicos, empero dichos hechos no solo deben ser enunciados, sino demostrados, ya que la persecución penal no puede estar supeditada a simples sindicaciones, todo en vista de que de ser así se lesionaría el derecho a la presunción de inocencia, misma que es acogida por el Art. 6 del CPP y Art. 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos”, precisa el fundamento.

El segundo punto que expone es que se debe cumplir con el plazo establecido de la etapa de investigación, es decir 20 días, con el fin de evitar la dilación del proceso y que se incurra en la vulneración de la dignidad y la seguridad jurídica de los sindicados.

Otro de los fundamentos que señala el fiscal es que no se encontraron elementos de convicción para aseverar que Lovera, en su calidad de viceministro, se haya aprovechado para beneficiarse con la donación de coca. Si bien aprobó la Resolución Administrativa 0251 el 17 de abril de 2023 que autoriza la donación de 150 libras de coca a la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos del Departamento de Beni, representado por Naftha Otmar.

“Además, siendo que no ha sido beneficiado por esta determinación, por tanto, que el tipo penal de uso indebido de influencias, establece que con relación a la conducta de este tipo penal es el de obtener ventajas económicas para si o en favor de terceros, mediante uso de las funciones que ejerce o usando sus influencias como funcionario público, toda vez que la investigación no ha logrado determinar que el señor Arlem Benjamín Lovera Esprella ha sido beneficiado”, indica.

Con relación a la participación de Otmar, el fiscal señala que no se pudo comprobar que la sindicada haya falsificado la convocatoria de la Federación de Campesinos del Beni para beneficiarse con la donación de coca, que fue declarada como adulterada a través de la resolución 021 del 24 de abril del 2023 que emitió esa organización social.

Además, se precisa que ella no se encargó de recoger el donativo porque entre el 18 y 21 de abril se encontraba en el departamento de Santa Cruz para asistir y hacer seguimiento a una firma de convenio, a instrucción del Fondo Nacional de Desarrollo Forestal (Fonabosque).

Asimismo, se tomó en cuenta el informe de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras que indica que no se verificó la existencia de daño económico por la donación de 150 libras de coca a favor de Otmar.

“Conforme a la Nota CITE: MDRYT/UAI/0038-23, de fecha 27 de diciembre del 2023, se puede evidenciar que la Unidad de Auditoría Interna no certificara la existencia de posible daño económico ocasionado por la donación de coca a la Sra. Naftha Lisset Otmar, debido a que el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través del Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral, está encargada de regular, autorizar, acreditar y fiscalizar la circulación de la hoja de coca, la normativa expuesta, no establece que la coca decomisada o incautada tenga que ser comercializada por el Ministerio. Por el contrario, señala que la coca decomisada debe ser destinada a procesos de revalorización con carácter cultural y social”, puntualiza.

En julio del pasado año, la fiscalía admitió la denuncia que presentó el dirigente campesino contra las tres personas. Un mes después, se conoció que esa instancia, a través de la Contraloría General del Estado (CGE) estaba investigando los bienes de Lovera y de la exfuncionaria.

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