BCB permite uso de pagos electrónicos para compra y venta de activos virtuales

Actualiza normativa en coordinación con la ASFI y la UIF

eju.tv / Video Bolivia Tv



El Banco Central de Bolivia (BCB) anunció la actualización de la normativa referente a los activos virtuales mediante la Resolución de Directorio N°082/2024, emitida el 25 de junio de 2024. Esta nueva resolución deja sin efecto la anterior Resolución N°144/2020, habilitando el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de activos virtuales.

De acuerdo al BCB, la decisión fue tomada en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF). La medida responde a la Evaluación Mutua de Bolivia 2024 realizada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), que recomendó considerar la regulación de los Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en el contexto boliviano.

El presidente a.i. del BCB, Edwin Rojas Ulo, destacó que esta actualización es parte del impulso continuo del BCB hacia la modernización del sistema de pagos nacional. “El BCB ha promovido la adopción de innovaciones tecnológicas y nuevos esquemas de pago, favoreciendo la inclusión financiera digital y la democratización de los servicios financieros. La Resolución N°084/2024 proporcionará un mecanismo adicional que fortalecerá las actividades financieras y comerciales”, afirmó Rojas.

ASFI, por su parte, se encargará de controlar las Entidades de Intermediación Financiera en relación a los medios que estas proporcionen para la adquisición de activos virtuales. Además, se enfocará en brindar educación financiera para que la población esté informada sobre la compra de estos activos, según indicó la directora de ASFI, Ivette Espinoza.

La UIF aplicará medidas preventivas para identificar posibles operaciones sospechosas vinculadas a la legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo. La directora de la UIF, Pamela Troche, mencionó que se realizarán adecuaciones normativas para evitar el uso de transacciones con activos virtuales por parte de organizaciones delictivas.

El BCB subrayó que la única moneda de curso legal en el país es el Boliviano, conforme a la Ley N°901 de 28 de noviembre de 1986. Los activos virtuales no son moneda de curso legal y su uso y comercialización serán responsabilidad de los usuarios.

Finalmente, el BCB incorporará en su Plan de Educación Económica y Financiera aspectos conceptuales y riesgos asociados a las operaciones con activos virtuales para promover un uso informado entre la población.

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