El Tribunal Constitucional todavía no resuelve recursos contra Andrónico

Por usurpación de funciones en la Asamblea Legislativa. El primer recurso está pendiente desde hace casi seis meses; piden anular una sesión

El TCP todavía no resuelve recursos contra Andrónico

PENDIENTE. Los magistrados del TCP tramitan los RDN en contra del Presidente del Senado. ARCHIVO

 



Fuente: Correo del Sur / Sucre

 

Los dos Recursos Directos de Nulidad (RDN) interpuestos en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en contra del presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, por presunta usurpación de funciones continúan en trámite. El plazo establecido para su resolución es de 30 días; uno de ellos ya lleva más de cinco meses y medio.

El primer RDN ingresó al TCP el 28 de diciembre de 2023, interpuesto por los senadores Eva Luz Humérez, Ana María Castillo y otros. Se encuentra en manos del magistrado relator que –casi seis meses después– aún no se pronunció con una sentencia.

Con este recurso, los accionantes piden la nulidad de la “ilegal convocatoria a sesión plenaria de la Cámara de Senadores” durante el receso parlamentario dispuesto por el presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), David Choquehuanca.

El segundo RDN, planteado por el presidente de la Cámara de Diputados, Juan José Jáuregui, ingresó a la Comisión de Admisión el 5 de junio y fue admitido al día siguiente y a la fecha se encuentra en sorteo para magistrado relator.

Jáuregui solicita la nulidad de la convocatoria a la séptima sesión de la ALP, emitida por el senador Rodríguez, en la que se aprobó dejar sin efecto la ampliación de mandato de los magistrados, dispuesta por una declaración del TCP y la cesación de estas autoridades mediante la ley 075.

Con la admisión del recurso quedaba en suspenso las competencias del presidente del Senado que asumió como presidente de la ALP porque el vicepresidente David Choquehuanca asumió como presidente del Estado por el viaje del presidente Luis Arce a Rusia.

Con la emisión de la sentencia en el primer RDN, el TCP podría sentar una línea de jurisprudencia respecto a las convocatorias del Presidente del Senado y determinar si las mismas cumplieron los requisitos de constitucionalidad y si no fueran así, todas las decisiones aprobadas quedarían nulas de pleno derecho.

LO QUE APROBÓ LA ALP

El proyecto de Ley 075, aprobado por dos tercios del Legislativo el jueves 6 de junio, entre sus 7 artículos y dos disposiciones transitorias deja sin efecto la Declaración Constitucional 049/2023 de prórroga de los magistrados; determina la cesación en sus funciones a partir de 2 de enero de este año; dispone la continuidad del servicio judicial en los tribunales departamentales de justicia; y dispone la suspensión de plazos procesales en todas las materias.

En la disposición transitoria única, la ley aprobada dispone que ante las nuevas autoridades judiciales elegidas por voto popular, las partes podrán solicitar la nulidad de obrados emitidas por los magistrados prorrogados. Además, establece que a partir de la promulgación de la presente ley, quedarán sin efecto las designaciones realizadas en el Órgano Judicial y el TCP con posterioridad al cumplimiento de funciones de seis años establecido por la Constitución y los nombrados cesarán en sus funciones.

AUTOSABOTAJE

El presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, señaló el viernes que, el Ejecutivo debe promulgar el paquete de normas aprobadas en la Asamblea Legislativa, de lo contrario, el legislador sospecha que se quiere promover un “autosabotaje”.