Morales debe retractarse de acusaciones contra el procurador para evitar ir a juicio

El Procurador General del Estado, César Siles, formalizó la demanda penal contra Evo Morales por calumnias, difamación e injurias, delitos de acción privada. Para evadir el juicio el exmandatario debe retractarse de las acusaciones, de que el procurador pidió sumas de dinero a militares investigados en el caso Golpe III.

El Procurador General aseveró que Morales está inhabilitado para postular a la presidencia./ OXIGENO.BO

El procurador Cesar Siles y Evo Morales. Foto referencial: Opinión



eju.tv /Bolivia

Yola Layme

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Siles explicó que la demanda fue sorteada al juzgado 12avo de Sentencia en lo Penal y está en la etapa de actos preparatorios, donde el Procurador solicitó a las diferentes instancias, a través del juez documentación e informes con el fin obtener pruebas legales.

“Estamos a la espera de esos oficios, las respuestas a cada una de esas solicitudes que se han hecho y con eso empieza el juicio oral y contradictorio. A diferencia del proceso de acción pública donde hay la etapa preparatoria, acusación y recién el juicio, en los juicios de acción privada es directamente a juicio una vez se tenga toda la prueba de la que pretendemos valernos en el juicio contra el señor Evo Morales”, explicó.

En junio pasado, Morales sin exponer pruebas, acusó al procurador Siles de pedir 40 mil dólares a 10 militares detenidos por los sucesos del 26 de junio en la Plaza Murillo, prometiendo liberarlos.

Consultado de qué sucederá si Morales no se presenta al juicio, el Procurador explicó que corresponde que las autoridades judiciales emitan una orden de aprehensión. No obstante, aclaró que, al tratarse de delitos de acción privada, hay dos momentos en los que el exmandatario puede ser citado.

“En un primero momento (es citarlo) para que venga a una audiencia de conciliación en la que (Morales) podía retractarse de todo lo que ha dicho, a esa audiencia puede y no puede asistir, nadie puede obligarlo. Pero a la segunda, cuando se le convoquen al juicio oral y contradictorio si no viene es declarado rebelde y se expide el mandamiento de aprehensión”, dijo Siles.

De acuerdo a procedimiento, el proceso de acción privada será iniciado por querella, acusación personal y si no existe observaciones, el juez admite la demanda. Luego la autoridad jurisdiccional convoca a una audiencia de conciliación, pero si la misma es fallida el juez en audiencia señala día y hora del inicio del juicio.