“Son delitos de acción pública a instancia de parte: el abandono de familia, incumplimiento de deberes de asistencia, abandono de mujer embarazada, violación, abuso deshonesto, estupro, rapto impropio, rapto con mira matrimonial, corrupción de mayores y proxenetismo”.
Nelson Cox, exviceministro de Régimen Interior. Foto: APG.
El abogado Nelson Cox consideró que el delito de estupro “no es un delito de orden público” y, por ello, la Fiscalía no puede abrir una investigación de oficio contra el expresidente Evo Morales por dicho delito.
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“¿Si se trata de delitos y estupro, ¿el Estado puede tomar (la investigación) por oficio, más allá de que se esté juzgando (a Evo Morales) por segunda vez?”, se le preguntó en entrevista con La Razón Radio.
Cox respondió: “Jamás se permite de oficio (una investigación por estupro). Usted puede sacar en Google, según el artículo 19, del Código Procesal Penal, vea usted. Los delitos de orden privado solo una persona puede hace proceso. Este tipo (estupro) no es de oficio. Nadie puede hablar a nombre de una víctima, ninguna autoridad ni institución”.
Sin embargo, el artículo 19 del Código Penal y Código de Procedimiento Penal dice: “Son delitos de acción pública a instancia de parte: el abandono de familia, incumplimiento de deberes de asistencia, abandono de mujer embarazada, violación, abuso deshonesto, estupro, rapto impropio, rapto con mira matrimonial, corrupción de mayores y proxenetismo”.
El mismo código establece en el artículo 309: “Quien, mediante seducción o engaño, tuviera acceso carnal con persona de uno y otro sexo mayor de catorce (14) y menor de dieciocho (18) años, será sancionado con privación de libertad de tres a seis años”.
La Fiscalía Departamental de Tarija abrió una investigación en contra del expresidente Morales, debido a que, presuntamente, cuando era presidente del Estado embarazó a una menor de 15 años, de quien sus padres también son investigados.
Si bien en reserva el caso, argumentó los delitos de trata de personas y estupro agravado contra el exmandatario.
No obstante, el criterio de Cox, el caso no es de oficio porque el delito de estupro no es un delito de orden público. Indicó que, por ejemplo, el feminicidio sí es de oficio y un delito de orden público, pero que en —el caso de estupro— no lo es.
El polémico caso generó un revuelo en la arena política y social, pues sectores opositores y del arcismo del Movimiento Al Socialismo (MAS) exigen que Morales “responda por sus (supuestos) delitos”, mientras que los allegados al exmandatario defienden que el caso fue “rechazado en 2020” y que no puede volver a ser juzgado por el mismo delito.
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