Surtidores esperan reglamentación para evaluar si venderán combustible importado por privados


Las autoridades de Hidrocarburos dijeron que hasta el miércoles se tendrá la reglamentación del Decreto Supremo 5271

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[Foto: YPFB] / Las estaciones de servicio privadas deberán esperar reglamentación del DS 5271

Fuente: Unitel

Desde la Asociación de Surtidores (Asosur) de Bolivia, señalaron este lunes que la reglamentación del Decreto Supremo 5271 que autoriza la libre importación y comercialización de diésel y gasolina deberá definir si están autorizados para vender combustible adquirido por privados.



“Tratándose de la comercialización como es nuestro rubro de estaciones de servicio, se va a definir en la reglamentación si una estación de servicio puede vender tanto un producto subvencionado y un producto importado”, dijo la gerente de Asosur, Carla Zuleta.

Al respecto, el viceministro de Industrialización y Almacenaje de Hidrocarburos, Adams Hurtado, informó que el decreto establece que su reglamentación debe ser concluida hasta el miércoles.

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“La reglamentación ya está casi lista (…), entre hoy y mañana, a más tardar el miércoles, ya la vamos a publicar”, dijo la autoridad tras concluir la reunión con el empresariado privado.

Sin embargo, explicó que las empresas ya pueden realizar las gestiones de importación con el sector privado que les proveerá gasolina y diésel.

“En el tema del precio, nosotros vamos a determinar una metodología con un precio referencial que, obviamente, no va a ser fijo, sino un referente para que ellos puedan tener una guía de precios en el mercado interno”, explicó.


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