Candidatos a las judiciales afectados por el TCP recurrirán a la CIDH para hacer prevalecer sus derechos


Los magistrados de la Sala Cuarta Especial ratificaron las elecciones judiciales parciales a advirtieron con procesos a los jueces que no cumplan la Sentencia Constitucional 0770/2024-S4

eju.tv / Video: DTV

Boris Bueno Camacho / La Paz



El candidato al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) por el departamento de Beni, Armando Urioste, calificó de lamentable la sentencia 0777/2024-S4, emitida la pasada jornada por la Sala Cuarta Especial, en la que ratifica la ejecución de las elecciones judiciales parciales para el 15 de diciembre y anunció que los postulantes afectados por esa resolución que ratifica lo dispuesto en la 0770/2024-S4, acudirán ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para hacer prevalecer sus prerrogativas.

El dictamen suscrito por los magistrados Gonzalo Hurtado y René Espada, declara que todos los actos y resoluciones posteriores a la sentencia constitucional 0770, así como aquellos que van contra lo dispuesto en ella, son nulos de pleno derecho, porque no se puede someter a un nuevo análisis un objeto ya resuelto y mucho menos ‘eludir, impedir o distorsionar su cumplimiento’; además, advirtieron que cualquier resolución contraria por parte de algún tribunal será pasible de un proceso sancionatorio.

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Foto: captura pantalla

Desde el piquete de huelga de hambre instalado en las puertas del Tribunal Departamental de Justicia en Trinidad, Urioste calificó de lamentable la sentencia emitida por los dos magistrados porque sobrepasaron sus competencias al resolver una acción de cumplimiento, porque coartan los derechos fundamentales de la ciudadanía y se arrojan los derechos de avocación que son tuición de la Sala Plena del TCP al establecer los mecanismos de notificación a los tribunales departamentales de Justicia.

“Además, establece un mecanismo de nulidad anticipada al establecer la nulidad de las resoluciones que se puedan dar en casos similares que de repente no son concretos, declara también de manera anticipada la existencia de cosa juzgada y en realidad en cada caso se verá si se ha cumplido el efecto de cosa juzgada; una cosa es un Amparo Constitucional, otra cosa es una Acción de Cumplimiento y otra muy diferente es una  Acción Popular, cada una de estas tiene diferentes resoluciones y diferentes efectos”, puntualizó.

Foto: captura pantalla

Por tanto, recordó que el TCP no puede establecer una sanción anticipada a un caso futuro que tiene diferentes particularidades y que, por consiguiente, el fallo es inaplicable; en ese sentido, anunció que los afectados presentarán una reclamación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que active las acciones correspondientes ante este tipo de hechos; además, consideró que debe aplicarse el control de convencionalidad por parte del Tribunal Supremo Electoral (TSE), como parte de sus prerrogativas.

“Se está generando una serie de violaciones consecutivas a los derechos de los ciudadanos por parte del Tribunal Constitucional, específicamente, por la famosa Sala Cuarta; sin embargo, aún tenemos esperanza, se han planteado algunas acciones antes de este fallo que no es una ley, el efecto que le está dando el Tribunal Constitucional me parece absolutamente ilegal y contrario a las normas, la norma está por encima del fallo, el TCP está violentando el principio de independencia judicial”, remarcó.


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