El TSE aclara que solo supervisa encuestas realizadas durante el proceso electoral


Enfatiza que la publicación de encuestas en materia electoral sólo está permitida dentro de los plazos establecidos. En elecciones, se pueden difundir a partir del cierre del plazo de inscripción de candidaturas. El calendario electoral se prevé que se lance la siguiente semana, los primeros días de abril.

 

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Frontis del ingreso principal de las oficinas del TSE, en la plaza Abaroa, en la ciudad de La Paz. / Foto: TSE

 



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En las últimas semanas, diversos medios de comunicación y redes sociales han difundido encuestas sobre actores políticos y precandidatos para las Elecciones Generales de este año. Ante esta situación, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aclaró este miércoles que tiene la facultad de registrar y monitorear estudios de opinión en materia electoral únicamente durante un proceso electoral y no antes. En referencia a las elecciones generales del 17 de agosto de este año, para el cual, la oposición alista encuestas internas y así elegir al candidato presidencial.

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“Consecuentemente, las encuestas que fueron difundidas hasta el momento no cuentan con la supervisión del TSE. Asimismo, la normativa electoral define distintos requisitos para la realización de encuestas dentro de un proceso electoral”, señala una nota de prensa del órgano electoral. 

La Ley del Régimen Electoral, la 026, establece tres tipos de estudios de opinión en material electoral, estos son: las encuestas preelectorales, la boca de urna y el conteo rápido. La ejecución de estos estudios debe cumplir criterios técnicos y normativos, en referencia a la técnica, publicidad, transparencia y responsabilidad social.

El TSE señala que las empresas especializadas en opinión pública, medios de comunicación, instituciones académicas y otras entidades que quieran realizar estudios de opinión con fines de difusión deben registrarse ante el órgano electoral, para estudios de alcance nacional. 

El registro se efectúa a través de su representante legal hasta 30 días después de la convocatoria al proceso electoral. Para su habilitación, deben demostrar su capacidad técnica conforme al reglamento específico del proceso electoral correspondiente. Una vez cumplidos estos requisitos, el Órgano Electoral Plurinacional publica la lista de entidades habilitadas para la realización de encuestas con fines de difusión.

Enfatiza que la publicación de encuestas en materia electoral sólo está permitida dentro de los plazos establecidos. En elecciones, se pueden difundir a partir del cierre del plazo de inscripción de candidaturas. El calendario electoral se prevé que se lance la siguiente semana, los primeros días de abril.

La posición de la  entidad electoral se da luego de que se conoció que algunos actores políticos planean realizar encuestas para definir candidaturas para las elecciones generales. Por ejemplo, Samuel Doria Medina y Jorge Tuto Quiroga acordaron encargar tres encuestas: una por cada uno y una tercera en común. De igual forma, Manfred Reyes Villa y el precandidato Chi anunciaron encuestas para abril. Aunque en ambos casos, las encuestas serán de manera interna.


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