El abogado del accionante justifica la acción porque afirma que ambas organizaciones políticas no cumplieron la Ley de Partidos Políticos.
eju.tv / Video: DTV
Este viernes se definirá la situación legal de dos partidos políticos inscritos para participar en la contienda electoral del 17 de agosto venidero; el ciudadano Humberto Vidaurre presentó una acción popular contra Autonomía Para Bolivia – Súmate (APB-Súmate), del burgomaestre de Cochabamba, Manfred Reyes Villa y el Movimiento de Renovación Nacional (Morena), liderado por la alcaldesa de El Alto, Eva Copa; cuya habilitación para los comicios sería irregular e ilegal.
El abogado Omar Barrientos sostiene que ambas organizaciones políticas no cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley 1096 de Organizaciones Políticas para su habilitación ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Según el memorial presentado por Vidaurre, tanto Morena como APB–Súmate fueron habilitados en plazos inferiores a los exigidos por ley para formalizar su personería jurídica previa a la convocatoria oficial a elecciones.
“La acción popular ha sido admitida por la Sala Constitucional Cuarta de la ciudad de Santa Cruz y tenemos la audiencia fijada para el viernes 23 de mayo, as las 14:00, será vía zoom; la acción va dirigida contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE); argumentan que no ha habido las elecciones primarias, pero eso no tiene nada que ver con el plazo de 120 días que da la ley; por tanto, esta cancelación de personería está prácticamente adecuada con lo que establece la Ley de Partidos Políticos y la Ley Electoral”, confirmó.
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Foto: captura pantalla
El artículo 13, numeral 3, de la Ley N.º 1096 de Partidos Políticos estipula que la organización que busque participar en algún tipo de comicios debe contar con la personería jurídica otorgada por el ente electoral con una antelación de 120 días calendario, o más, antes de la convocatoria a un proceso electoral. Esa es la observación que alega el accionante, quien señala que las dos tiendas políticas incumplieron ese requisito, porque la personalidad jurídica de ambas tiene un tiempo menor al establecido en la norma.
Dicho acápite establece que, «la organización política deberá contar con personería jurídica otorgada por el Tribunal Supremo Electoral, al menos ciento veinte (120) días calendario antes de la convocatoria al proceso electoral nacional respectivo»; además, la normativa exige que las organizaciones políticas cuenten con estatutos adecuados, procesos de conformación democrática y estructuras organizativas funcionales, las cuales deben ser auditadas por la institución rectora de los procesos electorales.
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En el caso de APB–Súmate, el documento de personería fue validado el 5 de diciembre de 2024, 119 días antes del 3 de abril de 2025, fecha en la que se emitió la convocatoria electoral. Por su parte, Morena obtuvo su personería jurídica el 12 de febrero de 2025, apenas 50 días antes del llamado oficial, lo que configuraría una violación clara a la normativa; por tanto, dice el jurista, corresponde la cancelación de las siglas al no haber respetado la norma vigente.
Barrientos recordó que, además de Morena y APB – Súmate, hay otros partidos observados, como el Movimiento Democrático Social (Demócratas), el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), aunque desistió de participar en los comicios, Acción Democrática Nacionalista (ADN); el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y el Frente Revolucionario de Izquierda (FRI). El Frente Para la Victoria (FPV) y el Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol) también estaban en el grupo, pero el TSE ya canceló su personería jurídica.
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“No hay una intención personal de perjudicar a uno u otro partido, lo que queremos a través de esto es que Bolivia no siga teniendo 20 partidos políticos, 15 partidos políticos, taxi partidos, Bolivia tiene que fortalecer su democracia, aquí hay que entender que no hay enemigos políticos, solo la necesidad de que haya una democracia sólida con dos o tres partidos políticos”, señaló el abogado Barrientos, para después asegurar que la intención es evitar el retorno de la democracia pactada.
La Sala Constitucional cruceña debe pronunciarse este viernes sobre la admisibilidad y el fondo de la acción, lo que marcará un precedente y la consiguiente jurisprudencia sobre la aplicación estricta de los plazos establecidos en la ley electoral; de ser así, el fallo podría reconfigurar el mapa político nacional si se llegara a una resolución en contra de las dos tiendas políticas demandadas.