El presidente de la Sala Penal, Carlos Ortega, explicó que el fallo responde a la Sentencia Constitucional 405/2023-S4, que establece como precedente vinculante que los exprefectos deben ser procesados bajo el mecanismo de juicio de responsabilidades si se trata de hechos ocurridos en el ejercicio de sus funciones.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló el juicio ordinario contra el exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, por los hechos conocidos como la ‘Masacre de Porvenir’ y ordenó que el caso sea remitido a la Fiscalía General del Estado para su tratamiento mediante juicio de responsabilidades. La defensa de Fernández saludó la decisión y consideró que, tras 18 años, finalmente se reconoce el fuero especial que le correspondía como autoridad departamental.
“Con el auto supremo que emitió la Sala Penal del Tribunal Supremo, donde ha establecido la nulidad del juicio ordinario y ha determinado que se remitan antecedentes al Fiscal General para que se realice un juicio de responsabilidades de acuerdo a la ley 2445”, afirmó hoy (5) su abogado, Karlo Brito, y enfatizó que desde el primer día reclamaron el respeto al juez natural en Pando.
Asimismo, el jurista denunció que el proceso contra su defendido fue “un juicio político armado” y orquestado por Juan Ramón Quintana. “Se lo forzó, se lo trajo desde Pando y no se le permitió salir más. Todo fue planificado con el aparato estatal de entonces”, remarcó.
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La sentencia ordinaria contra Fernández fue emitida en 2017 e implicó 15 años de prisión por el delito de homicidio en un proceso desarrollado en La Paz. Para Brito, ese juicio vulneró garantías fundamentales al imponerse de forma forzada una jurisdicción que no correspondía. “Se instaló un tribunal de sentencia y se llevó a cabo un juicio ordinario cuando correspondía un juicio de responsabilidades”, aseguró.
El presidente de la Sala Penal, Carlos Ortega, explicó que el fallo responde a la Sentencia Constitucional 405/2023-S4, que establece como precedente vinculante que los exprefectos deben ser procesados bajo el mecanismo de juicio de responsabilidades si se trata de hechos ocurridos en el ejercicio de sus funciones.
Fernández fue acusado junto a otras 13 personas por la muerte de 15 personas en septiembre de 2008, tras un enfrentamiento entre campesinos y funcionarios de la entonces prefectura. Las víctimas fueron interceptadas en la localidad de Porvenir cuando marchaban hacia el INRA.
Por último, el abogado subrayó que los más de 10 años de detención afectaron seriamente la salud de Fernández. “Ha estado en Chonchocoro, (cárcel de) San Pedro y con detención domiciliaria. Ha sido un camino muy duro, pero con su fortaleza ha podido resistir”, concluyó.