Ley de combustibles: Se establece «un régimen de libre competencia» con precio internacional; los surtidores están autorizados a vender hasta 19.900 litros del diésel


Las estaciones de servicio deben «contar con el equipo necesario para diferenciar el diésel y gasolina que cuenta con subvención y el que se importará de manera directa»

Carga de combustible en Arica, Chile. / Foto: YPFB.
Carga de combustible en Arica, Chile. / Foto: YPFB.

 

Por: eju.tv 



El presidente Luis Arce promulgó el lunes la Ley 1657, la Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia, que fue proyectada por los cívicos cruceños. Los carburantes se comercializarán en «un régimen de libre competencia» y al precio internacional.

«Las empresas que comercialicen diésel y gasolina importado de manera directa o compren de un importador lo harán en un régimen de libre competencia», reseña el artículo 9 de la norma.

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En artículo 5 de la norma establece que «los contratos entre importador y estación de servicios, y puertos internacionales en el territorio nacional son libres (precio/margen), con obligación de publicidad diaria del precio mayorista y volúmenes comprometidos (salvo los puertos internacionales)».

Las estaciones de servicio «están autorizadas a comercializar hasta 19.900 litros del diésel importado por privados» y deben «contar con el equipo necesario para diferenciar el diésel y gasolina que cuenta con subvención y el que se importará de manera directa».

La norma establece el «despacho directo de combustibles gasolinas, diésel oíl y GLP por operadores privados a Plantas de Almacenaje y/o estaciones de servicio autorizadas por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), a fin de garantizar con carácter de emergencia el abastecimiento nacional de combustibles» por el lapso de 90 días.

El presidente Arce advirtió que el precio de este tipo de combustibles puede tender impacto en las familias.

«Es importante que el pueblo boliviano sepa que la libre importación y comercialización absoluta que se establece en esta ley, generará que el precio de la venta de combustible sea más elevado que el que se comercializa en gasolineras con subvención, y que esto se vaya generalizando provocará que el efecto sobre la economía de las familias bolivianas sea inmediato».

Descarga aquí la norma: