Gobierno aprobará por decreto contratos de inversión en áreas estratégicas como minería e hidrocarburos


Se crea el Régimen Extraordinario de Protección y Promoción de Inversiones, un Procedimiento de aprobación expedita (FAST TRACK) de los proyectos de inversión y la Ventanilla Única de Inversiones Estratégicas (VUIE).

El presidente Rodrigo Paz junto a su gabinete de ministros. Foto: Facebook Rodrigo Paz



eju.tv / La Paz

En el marco del Decreto Supremo 5503, que declara Emergencia Económica, Financiera, Energética y Social en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, ante el proceso inflacionario que vive el país, la escasez de dólares, y combustibles, el Gobierno tendrá la facultad de aprobar por decreto los futuros contratos de inversión en áreas estratégicas como minería e hidrocarburos.

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“Las inversiones estratégicas podrán formalizarse mediante Contrato de Inversión, suscrito entre el Estado y el inversionista, aprobado mediante Decreto Supremo”, refiere el parágrafo primero del artículo 11 del Decreto Supremo 5503.

Se precisa que el Contrato de Inversión tendrá efecto normativo, carácter vinculante y fuerza obligatoria, constituyendo ley entre partes.

Además, éste deberá establecer, como mínimo: monto y cronograma de inversión; obligaciones del inversionista; incentivos y beneficios aplicables; cláusulas de estabilidad jurídica; mecanismos de solución de controversias; y causales de terminación y efectos.

Esta es una de las varias medidas que integran el Régimen Extraordinario de Protección y Promoción de Inversiones creado por el gobierno del presidente Rodrigo Paz con el fin de garantizar la seguridad jurídica, previsibilidad regulatoria económica y trato no discriminatorio para consolidar la reactivación económica del país.

Las inversiones acogidas al Régimen gozarán de estabilidad jurídica y tributaria por un plazo de hasta quince años, respecto de alícuotas y estructura de los tributos vigentes; regímenes arancelarios aplicables; normativa de comercio exterior; reglas de acceso, uso y repatriación de divisas; e incentivos sectoriales expresamente reconocidos.

Las modificaciones normativas posteriores no serán aplicables a las inversiones protegidas, salvo aceptación expresa del inversionista.

Se considerarán inversiones estratégicas prioritarias cuando éstas se destinen al desarrollo de los circuitos productivos de los recursos naturales estratégicos como minería y metalurgia formal; hidrocarburos y energía; generación eléctrica y energías renovables; agroindustria y alimentos; infraestructura logística y transporte; y manufactura con orientación exportadora.

Para concretar estas inversiones, el decreto establece un Procedimiento de aprobación expedita (FAST TRACK) de los proyectos de inversión estratégica acogidos a este Régimen.

El procedimiento FAST TRACK comprende: tramitación prioritaria y concentrada de autorizaciones sectoriales; ventanilla única de evaluación y aprobación técnica; plazos perentorios y preclusivos para la administración pública; y aplicación del silencio administrativo positivo como regla general.

El plazo máximo para la aprobación técnica de un proyecto FAST TRACK será de treinta días calendario, computables desde la presentación completa de la solicitud.

Además, se creará la Ventanilla Única de Inversiones Estratégicas (VUIE) bajo dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, como la instancia responsable de diseñar, articular promover y supervisar las políticas y procesos de inversión estratégica en Bolivia.

La Secretaria Técnica de la VUIE estará a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, como Autoridad central responsable de diseñar, negociar y promover acuerdos de inversiones, cooperación económica y técnica con otros Estados, organismos internacionales y agencias de cooperación, así como con asociaciones público-privadas e inversores extranjeros; en coordinación con las entidades nacionales correspondientes.

La VUIE estará compuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas; el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente.