Será por seis meses y los prestatarios deben realizar el trámite en el sistema financiero.
Por eju.tv / La Paz / Video Ministerio de Economía
Mediados por el Ministerio de Economía, el sistema financiero nacional y organizaciones de prestatarios firmaron este lunes un acta de entendimiento que permitirá suspender por un plazo de seis meses los embargos y remates de viviendas que fueron adquiridas en el marco del crédito de vivienda social.
Se trata de uno de los cuatro puntos que integran el acta de acuerdo de aplicación para el alivio de créditos de vivienda de interés social y créditos productivos de la micro y pequeña empresa.
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El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Gustavo Bracutt, precisó cada uno de los acuerdos alcanzados y señaló que se corrige los errores de la Ley de 1670 que también establecía de manera excepcional la suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social, el diferimiento de créditos otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña.
La norma fue impugnada en el Tribunal Constitucional Plurinacional y no llegó a aplicarse de forma plena.
“Yo creo que los cuatro puntos de este acuerdo son sumamente importantes. El primero es la suspensión de las medidas judiciales en créditos de vivienda social, que favorece a miles de familias bolivianas que han accedido al crédito de vivienda de interés social y que, por circunstancias, hoy no pueden hacer frente a esas deudas”, explicó el viceministro Blacutt.
Insistió que en virtud a esta medida y por el lapso de seis meses se suspenderá “las órdenes judiciales de embargo, así como la ejecución de sentencias, remates, desapoderamientos y otras medidas que recaigan sobre los bienes dados en garantía o de titularidad, ejecutados exclusivamente respecto a créditos de vivienda de interés social conforme un marco normativo aplicable”.
“Este es un esfuerzo que está haciendo el sistema financiero nacional para que aquellos sectores más vulnerables de nuestra sociedad puedan tener un alivio financiero”, argumentó la autoridad.
A diferencia de la Ley de 1670, el acuerdo establece que el beneficio del diferimiento de créditos no será universal, sino que se evaluará caso por caso.
Asimismo, se acordó que en aquellas operaciones no ha alcanzadas por el Decreto Supremo 5503, habrá un tratamiento excepcional y voluntario de parte de la banca nacional para que estas operaciones de créditos, que continuaron con el pago regular de sus créditos de manera voluntaria, excepcional y no generalizada, las entidades financieras van a poder considerar previa evaluación individual y justificada la adopción de medidas de alivio financiero, tales como la flexibilización de condiciones, negociaciones individuales y otros mecanismos como reprogramaciones.
Blacutt explicó, además, que el periodo de diferimiento implica que los intereses y otros cargos correspondientes a cotas diferidas no generarán intereses extraordinarios o adicionales. Tampoco se incrementará las tasas de intereses, ni se aplicarán sanciones ni penalizaciones de ningún tipo.
El acta fue firmado por el Ministerio de Economía; la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban); la Asociación de Entidades Financieras Especializadas de Microfinanzas (Asofin); y la Asociación de Instituciones Financieras de Desarrollo (Finrural).
Además de la Organización de Control Social de Prestatarios Afectados por el Sistema Financiero de Bolivia; el Movimiento Nacional de Defensa de los Prestatarios por un Alivio Financiero; la Asociación de Entidades Financieras de Microfinanzas; la Asociación de Víctimas de Violencia Financiera y Corrupción de Bolivia; y la Micro y Pequeña Empresa de Bolivia.
