El presidente Rodrigo Paz y su gabinete ministerial cumplió su acuerdo con la COB y aprobó el decreto que reemplaza al 5503

El decreto 5516 reemplazó al decreto 5503 con 33 artículos y manteniendo la eliminación de la subvención y el incremento de precios de los carburantes, política sociales de compensación y estableciendo la libre negociación salarial.
La norma, acordada con la Central Obrera Boliviana (COB), mantiene la política central del decreto 5503 que tiene como objetivo estabilizar la economía y generar condiciones de desarrollo con una fuerte presencia del mercado y lo privado.
Como lo establecía el decreto 5503, la actual disposición mantiene el litro de gasolina especial en Bs 6,96; de diésel oíl en Bs 9,80; de gasolina Premium en Bs 11,00; de gasolina de Aviación en Bs 10,57; de kerosene en Bs 5,64; de Jet Fuel en Bs 10,74; de Gas Oil en 5,69; la garrafa de GLP se mantiene en Bs 22,5; y el Gas Natural Vehicular (GNV) sube a Bs 2,73 el m3.
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Los nuevos precios rigen desde el 17 de diciembre, cuando se anuló la subvención a los hidrocarburos que se arrastraba desde hace más de 20 años y que representaba para el Estado una carga superior a los $us 3.000 millones anuales.
En cuanto a las medidas sociales, se mantiene el incremento del Bono Juancito Pinto a Bs 300, de la Renta Dignidad a Bs 500 mensuales y la creación del Programa Extraordinario de Protección y Equidad (PEPE), que consiste en un pago mensual de Bs 150 por tres meses a sectores vulnerables de la sociedad.
Mientras el artículo 21 “reconoce y garantiza la libre negociación del salario entre empleadores y trabajadores, de manera individual o colectiva, como expresión de la autonomía de la voluntad y de la libertad de contratación, siempre que se respeten los límites y garantías establecidos en el ordenamiento jurídico boliviano”.
La negociación debe darse, establece, sobre la base del salario mínimo de Bs 3.300, respeto de la legislación laboral y la negociación tripartida.
“El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ejercerá funciones de supervisión y control posterior, asegurando que la libre negociación salarial no sea utilizada para encubrir prácticas de precarización laboral, simulación contractual o evasión de obligaciones sociales”, prevé el parágrafo IV del artículo 21.
Las movilizaciones convocadas por la dirigencia de la COB, que incluyeron marchas diarias, piquetes de huelga de hambre y un bloqueo de caminos, derivaron en un proceso de diálogo, aunque el Gobierno empezó mucho antes este camino. Justamente estas negociaciones acordaron anular el decreto cuestionado y suspender las medidas de presión que llevaban más de dos semanas.
Se estableció el congelamiento de los salarios en la administración pública, excepto los ascensos de escalafón en los sectores de salud, magisterio fiscal, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana; y se prohibió contrataciones adicionales de personal, salvo aquellas por crecimiento vegetativo en los cuatro sectores.
También se dispone, como fija una ley, el diferimiento de pago de créditos para vivienda de interés social y de los créditos para el sector productivo, otorgados a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, comprendiendo cuotas el pago a capital e intereses, seguros, comisiones y otros cargos.