El TSE, el Órgano Judicial y el Ministerio Público firmaron el Acuerdo interinstitucional para el fortalecimiento democrático.
Por eju.tv / La Paz
Con miras a las elecciones subnacionales del 22 de marzo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) anunció que asumirá medidas preventivas para resguardar y garantizar los derechos políticos.
La determinación está consignada en el punto séptimo del Acuerdo interinstitucional para el fortalecimiento democrático firmado por representantes del TSE, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público durante un encuentro en la ciudad de Sucre.
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La medida del TSE apunta a blindar las elecciones subnacionales del 22 de marzo donde se renovarán a más de 5.000 autoridades departamentales, municipales y regionales.
A continuación el contenido íntegro del Acuerdo interinstitucional para el fortalecimiento democrático:
El Tribunal Supremo Electoral, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público, reunidos en la ciudad de Sucre, suscriben el presente Acuerdo Interinstitucional para el fortalecimiento del sistema democrático y de la coordinación interinstitucional, como expresión efectiva de la democracia boliviana y en resguardo del Estado de Derecho. En ese contexto, se establecen los siguientes acuerdos:
Primero. Las partes que suscriben el presente acuerdo manifiestan su compromiso pleno con los principios y obligaciones constitucionales que sustentan el sistema democrático intercultural, asumiendo, en el marco de sus atribuciones y competencias constitucionales y legales, las tareas que correspondan para garantizar el desarrollo y la efectiva finalización de los procesos electorales, dando certidumbre especialmente al proceso en curso para la elección de autoridades departamentales, regionales y municipales, a celebrarse el domingo 22 de marzo de 2026.
Segundo. Las instituciones que suscriben el presente acuerdo se comprometen a garantizar que los derechos políticos y de participación ciudadana sean respetados durante los procesos electorales, incluyendo la protección de los derechos de los votantes, los candidatos, los partidos políticos y la democracia, respetando el principio de legalidad y de preclusión. Al efecto, brindarán colaboración entre las mismas en actividades de asesoramiento mutuo, capacitación y formación personal, con el fin de mejorar la eficiencia y el cumplimiento de las normas a través de cursos, talleres, seminarios y encuentros de capacitación interinstitucional.
Tercero. El Tribunal Supremo Electoral y el Tribunal Supremo de Justicia acuerdan establecer y fortalecer mecanismos de cooperación interinstitucional mediante actividades conjuntas de capacitación, formación y actualización técnica de su personal, con el objetivo de optimizar el conocimiento especializado en materia electoral, constitucional y administrativa, la eficiencia institucional y la correcta aplicación del ordenamiento constitucional y electoral.
Cuarto. El Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público, además de establecer líneas de comunicación y coordinación con el Tribunal Supremo Electoral para un efectivo relacionamiento interinstitucional, desarrollarán talleres de capacitación para los jueces electorales y los servidores públicos del Órgano Electoral Plurinacional, sobre los procedimientos específicos y sus protocolos institucionales establecidos para el desarrollo de sus funciones.
Quinto. El Consejo de la Magistratura, en el marco de sus competencias, fiscalizará las acciones de los jueces y vocales que actúen como jueces de garantías constitucionales, para que procedan con total independencia y sometidos a los principios del debido proceso, legalidad y preclusión. En su caso, podrán iniciar las acciones disciplinarias que correspondan.
Sexto. El Tribunal Supremo Electoral se compromete a velar por el cumplimiento del principio de legalidad en sus decisiones y resolverá con eficiencia, eficacia, celeridad y probidad todos los asuntos en el ámbito de la jurisdicción técnico-electoral y jurisdiccional de las elecciones.
Séptimo. El Tribunal Supremo Electoral, en ejercicio de sus obligaciones y atribuciones legales particularmente fijadas en la Ley 018 del Órgano Electoral, asumirá las medidas preventivas de carácter administrativo electoral para el resguardo y garantía de los derechos políticos, las que no constituyen medidas cautelares de naturaleza procesal constitucional que corresponden a la competencia exclusiva del Tribunal Constitucional.
Octavo. El Tribunal Supremo Electoral, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público compromete establecer líneas de acción para promover la capacitación mutua del personal de sus dependencias en temas electorales, constitucionales, penales y jurisdiccionales.
Noveno. El Tribunal Supremo Electoral y el Tribunal Agroambiental compromete establecer mecanismos de coordinación para los procesos de consultas previas, temas ambientales y otros inherentes a la actividad electoral.
Décimo. El Ministerio Público compromete la atención prioritaria de las denuncias relacionadas con la Comisión de Delitos Electorales, procurando asumir las decisiones oportunas para evitar que se consumen los hechos denunciados o, en su caso, se produzcan las imputaciones o acusaciones que correspondan para que se sancione a los infractores.
Undécimo. Exhortar a las Asambleas Legislativas Departamentales y a la Cámara de Diputados a concluir el proceso de selección y designación de los vocales de los Tribunales Electorales Departamentales de Chuquisaca, La Paz, Oruro y Potosí.
Sucre, 15 de enero del año 2026
