
Comisión en la Cámara de Diputados. Foto: Diputados
La Paz, mayo 13.- La Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles por unanimidad, en su 13va Sesión Ordinaria, una Resolución Camaral que dispone la realización de una sesión ordinaria en la ciudad de Sucre, en conmemoración a los 217 años del Primer Grito Libertario de América Latina, del 25 de mayo de 1809.
El presidente de la Comisión de Constitución, Juan Del Granado, señaló que la conmemoración de los 217 años del Primer Grito Libertario reafirma los valores sobre los cuales se erige el Estado, tales como la justicia social, la igualdad y la autodeterminación de los pueblos.
El proyecto camaral fue planteado por los diputados Santiago Ticona Yupari, Marlene Miranda Palma e Iber Antonio Pino O´barrio, miembros del Comité de Democracia y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados.
Los proponentes señalaron que la realización de una sesión ordinaria en la ciudad de Sucre permitirá fortalecer el vínculo entre la Cámara de Diputados y la ciudadanía, promoviendo una mayor cercanía institucional, participación y reconocimiento de la importancia histórica, política y cultural de las regiones del país.
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La Resolución Camaral destaca la relevancia histórica de esta fecha, considerada un hito trascendental en la historia de Bolivia y de la región, al haberse gestado en la entonces Real Audiencia de Charcas uno de los primeros levantamientos contra el dominio colonial español.
La determinación de realizar una Sesión Ordinaria en Sucre se sustenta en el Artículo 159 de la Constitución Política del Estado, que establece entre las atribuciones de la Cámara de Diputados la facultad de elegir su Directiva, así como determinar su organización interna y su funcionamiento, lo que implica la potestad de definir la dinámica de sus actividades, incluyendo la realización de sesiones en el marco de sus competencias.
De igual manera, los Artículos 68 y 69 del Reglamento General de la Cámara de Diputados establecen la naturaleza y régimen de las sesiones ordinarias, señalando que estas se desarrollan de manera continua durante el periodo legislativo, pudiendo llevarse a cabo dentro de la programación establecida. De manera relevante, el propio Artículo 69 prevé expresamente la posibilidad de que la Asamblea Legislativa Plurinacional sesione en un lugar distinto al habitual dentro del territorio del Estado, por decisión de la Plenaria y a convocatoria de su Presidencia, lo que habilita plenamente la realización de sesiones en distintas ciudades del país, como es el caso de la ciudad de Sucre.