En abril del año 2000 yo era una periodista veinteañera en Cochabamba, y la ciudad ardía. La llamada “Guerra del Agua” no era solo un titular de prensa; era el gas lacrimógeno impregnado a la ropa, el vinagre en el pañuelo y el bicarbonato en el bolsillo para aguantar el ardor de ojos, más las largas jornadas entre marchas, barricadas y enfrentamientos. Aquel sábado por la mañana nos convocaron a una conferencia de prensa en el patio de la Policía Departamental, sobre la avenida Heroínas. Recuerdo el peso del chaleco, el ruido del walkie talkie y el cable del micrófono enredado en la mano, después de varios días casi sin dormir cubriendo una ciudad completamente tensionada.
La declaración fue seca y fría: se instauraba el estado de excepción, en cuestión de horas, todo cambió. Desde los medios nos recomendaron resguardarnos y no retornar; los militares comenzaron a silenciar emisoras y a cortar la electricidad en las zonas donde estaban las antenas. Mientras algunos ciudadanos intentaban proteger canales de televisión y radios, nosotros nos mirábamos entre colegas con una sensación difícil de explicar: la de estar completamente solos frente al poder. Así, terminamos refugiados en el hall del Arzobispado, a pocos metros de la Policía, entendiendo por primera vez lo que realmente significa “la indefensión”. Esa noche quedó, entonces, grabada en mi memoria la imagen de dirigentes en clandestinidad y otros extraídos de sus casas y confinados arbitrariamente, bajo una Constitución —la de 1967 reformada en 1994— que permitía amplios márgenes de discrecionalidad al Estado.
Hoy, después de 26 días de bloqueos, desabastecimiento y creciente tensión social, el presidente Rodrigo Paz promulgó la abrogación de la Ley 1341 de Estados de Excepción. Y inevitablemente vuelve la pregunta que muchos se hacen desde la memoria y el miedo: ¿puede repetirse lo que vivimos en el 2000? La respuesta es no, al menos no en los mismos términos.
La diferencia principal no es discursiva ni política, sino constitucional. En el año 2000 el estado de excepción funcionaba con controles débiles y con enormes espacios para la arbitrariedad. Entonces, la Constitución Política del Estado de 2009 cambió parte de ese escenario. El artículo 137 impide suspender derechos fundamentales y garantías básicas; el 138 obliga a que cualquier declaratoria sea aprobada por la Asamblea Legislativa en un plazo de 72 horas; y el 140 prohíbe otorgar facultades extraordinarias fuera de los límites constitucionales. ¡Son candados! que antes simplemente no existían.
Sin embargo, el problema aparece en el artículo 139, que señala que los estados de excepción deben estar regulados por ley. Ahí está el verdadero riesgo de la abrogación. Eliminar la Ley 1341 no significa automáticamente una victoria democrática; también deja un vacío jurídico delicado en medio de una crisis política y social. Sin una norma clara que establezca procedimientos, límites y controles, cualquier futura aplicación de medidas excepcionales puede entrar en terrenos de improvisación, interpretación forzada o conflicto constitucional.
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Por eso el debate no debería reducirse a los extremos de siempre: ni al miedo de quienes creen que estamos a las puertas de una nueva represión como la del 2000, ni al discurso simplista de que la “mano dura” resolverá una crisis estructural.
El problema de fondo sigue siendo un Estado debilitado, una institucionalidad erosionada y una dirigencia política atrapada en la confrontación permanente.
Quienes vivimos aquellos días sabemos que el miedo colectivo no empieza cuando aparecen los disparos, sino cuando la ciudadanía siente que el Estado deja de dar certezas y comienza a actuar sin límites claros. La democracia no se fortalece celebrando vacíos legales ni normalizando medidas excepcionales. Se fortalece cuando el poder tiene reglas, controles y límites reales, incluso —y sobre todo— en tiempos de crisis.
Lic. Miroslava Fernández Guevara
Periodista y politóloga
