Reiteran vigencia de la Resolución constitucional que dispone levantar los bloqueos


Hace 15 días se habría presentado acción que ordena que los bloqueadores levanten pacíficamente los bloqueos de manera inmediata.
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Fuente: ANF

La Resolución Constitucional 149/2026, de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz instruyó levantar los bloqueos absolutos que afectan carreteras, caminos, puentes, medidas que vulneran derechos fundamentales, reiteró el exdiputado Amilkar Barral que recién hoy fue notificado.

Barral, quien presentó la acción popular, informó que presentó hace 15 días la acción, pero recién esta mañana fue notificado e insistió que la misma ordena que los bloqueadores levanten pacíficamente los bloqueos de manera inmediata.



La resolución además dispone abrir corredores humanitarios, mientras que al Ministerio de Gobierno le ordenó restablecer la transitabilidad de las carreteras. El exdiputado dijo que el Gobierno intentó liberar las carreteras, pero no pudo cumplir plenamente su objetivo.

Añadió que se intentó abrir corredores humanitarios para mitigar el impacto de los puntos de bloqueo en la carretera La Paz-Oruro, pero no resultó. “Todos los que sigan haciendo bloqueos van a ser individualizados” y probablemente enviados a la cárcel, sostuvo.

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La resolución también está dirigida para que el Gobierno cumpla sus atribuciones constitucionales, pero si no lo hace “estarían incurriendo en desobediencia a resoluciones constitucionales”, dijo el exdiputado.

La disposición señala que el “bloqueo absoluto de caminos, puentes, vías estratégicas, entendido como cierre total, prolongado y violento de servicios esenciales, no se encuentra protegido por el derecho a la protesta social cuando impide o restringe gravemente la salud, alimentación, agua, educación, seguridad, ambulancias, medicamentos, oxígeno, transporte de pacientes, abastecimiento de mercados, libre circulación mínima o actividades esenciales de terceros”.