La institución ya notificó a las partes, aunque no a algunos por falta de firmas
Fuente: correodelsur.com
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió las acciones de inconstitucionalidad contra el Decreto Supremo 5515 que le permite al presidente Rodrigo Paz gobernar desde fuera del país, a través de plataformas digitales, y contra la Ley 1720 de reconversión de tierras de pequeñas a medianas propiedades.
CORREO DEL SUR conoció que varios de los autos constitucionales de admisión de las acciones de inconstitucionalidad contra varios decretos de Paz –entre ellos el 5515– y contra la polémica Ley 1720 ya fueron notificados a las partes, exceptuando algunos por falta de firmas.
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GOBIERNO TELEMÁTICO
La Acción de Inconstitucionalidad Abstracta (AIA) contra el DS 5515 fue interpuesta por el senador Wilder Veliz Armas (PDC), quien solicita al TCP que se declare la inconstitucionalidad de varios artículos de esta norma. Contra el mismo decreto, denominado “Gobierno telemático extraterritorial, la diputada Verónica Lafuente Vásquez (PDC) también planteó un recurso de inconstitucionalidad.
Los autos constitucionales ya fueron notificados a las partes, tanto accionantes como accionados, y ordenan poner la decisión en conocimiento del presidente Paz para que en 15 días responda sobre estas objeciones. Este diario conoció que el TCP rechazó la imposición de una medida cautelar que buscaba paralizar la aplicación del decreto en cuestión.
CONTRA LA LEY 1720
Las acciones de inconstitucionalidad contra la Ley 1720 también fueron admitidas. Una vez notificadas las partes, correrá un plazo de 15 días para la respuesta del presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Edmand Lara, y después el sorteo a un magistrado relator, que deberá elaborar el proyecto de sentencia. En 45 días se debería conocer el fallo de fondo, con la firma de la mayoría de la Sala Plena del TCP.
En este caso, los accionantes están impugnando los artículos 1, 3 y 4 de la ley que tiene resistencia de varios sectores, principalmente de los indígenas que protagonizaron una marcha por observar la reconversión de tierras de pequeñas a medianas propiedades.
En el trámite de fondo, los magistrados contrastarán la ley o norma impugnada con la Constitución Política del Estado y emitirán la sentencia que consideren pertinente.
Sin embargo, algunos abogados sostienen que la CPE es clara sobre el tema de la propiedad al declarar inembargable la pequeña propiedad, lo que significa que solo se podría modificarla a través de una reforma a la Constitución y no de una ley.
ACCIONES
Con los casos contra decretos emitidos por el gobierno de Rodrigo Paz y contra la Ley 1720, el TCP comenzó a tramitar acciones de inconstitucionalidad, que son de competencia de la Sala Plena. Hasta ahora, el tribunal con sede en Sucre solo estuvo resolviendo acciones tutelares, como acciones de amparo, de libertad y otras que son una gran cantidad. Las acciones de inconstitucionalidad son ‘acciones normativas’ y llevan la firma de todos los miembros de la Sala Plena, que actualmente está conformada por cuatro miembros. La CPE no establece una cantidad de magistrados para emitir fallos de acciones normativas; la ley del TCP simplemente indica que estas deben ser resueltas por la mayoría de los presentes.

