Lo que el contribuyente debe saber de la Ley de Alivio Tributario 1733


Esta condonación también alcanza a los tributos y multas establecidas en resoluciones administrativas o judiciales ejecutoriadas, inclusive aquellas que se encuentran en impugnación, ejecución tributaria o cobranza coactiva hasta antes del remate o disposición de bienes, según dispone la ley promulgada por el presidente Rodrigo Paz.
Servicio de Impuestos Nacionales. / Foto: SIN

 

Fuente: Visión 360
Por Germaine Barriga Velarde

La Ley de Alivio Tributario condona, con carácter extraordinario y por única vez, a los contribuyentes del SIN y la Aduana Nacional la deuda tributaria y las multas por delitos y contravenciones tributarias y aduaneras correspondientes a los periodos fiscales anteriores a enero de 2018.



¿Cuál es el objetivo de la ley?

Establecer un periodo extraordinario de alivio tributario mediante la condonación y regularización de deudas tributarias y aduaneras.

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¿Qué deudas son condonadas?

Se condonan, por única vez, las deudas tributarias y multas por delitos y contravenciones tributarias y aduaneras correspondientes a periodos fiscales anteriores a enero de 2018.

¿Quiénes no acceden a la condonación total?

Los contribuyentes cuyo tributo omitido acumulado al 31 de diciembre de 2017 sea igual o superior a 10 millones de bolivianos no acceden a la condonación establecida para las deudas anteriores a 2018.

¿Qué ocurre con las deudas de la gestión 2020?

La ley también condona las deudas tributarias y multas correspondientes a la gestión 2020, independientemente del monto adeudado.

¿Cómo pueden regularizarse las deudas de 2018 a 2025?

Los contribuyentes podrán acogerse a un proceso de regularización dentro de los 120 días de vigencia de la ley para obligaciones comprendidas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2025.

¿Qué beneficios tiene el pago al contado?

Quienes paguen al contado deberán cancelar el tributo omitido actualizado más el 50% del mantenimiento de valor. A cambio, se les condonará el resto del mantenimiento de valor, los intereses y las multas.

¿Se puede pagar en cuotas?

Sí. La ley permite facilidades de pago de hasta 36 cuotas mensuales, con la condonación de intereses y multas vinculadas a la deuda regularizada.

¿Quiénes pueden acogerse a la regularización?

Pueden hacerlo contribuyentes con declaraciones juradas pendientes de pago, sin presentar, rectificadas, con procesos de fiscalización, determinación de oficio, ejecución tributaria o facilidades de pago incumplidas.

¿Qué pasa con los procesos de impugnación?

Los contribuyentes que tengan recursos administrativos o judiciales podrán acogerse a los beneficios de la ley, previo desistimiento total o parcial de las impugnaciones.

¿Qué ocurre con las multas?

Se condonan las multas por delitos y contravenciones tributarias y aduaneras vinculadas a las deudas regularizadas, además de las multas por contrabando contravencional cometidas hasta el 31 de diciembre de 2025.

¿Qué sucede si se incumple el plan de pagos?

El contribuyente perderá los beneficios de la ley y deberá pagar el saldo pendiente conforme a la normativa tributaria vigente, incluyendo multas e intereses.

¿Qué cambia en la prescripción tributaria?

La ley reduce de ocho a cuatro años el plazo de prescripción para que la Administración Tributaria pueda fiscalizar, determinar deudas, imponer sanciones y ejecutar cobros tributarios.

¿Hasta cuándo estará vigente el plazo para acogerse?

El plazo inicial es de 120 días calendario desde la vigencia de la ley, aunque el Órgano Ejecutivo podrá ampliarlo hasta el 31 de diciembre de 2026.

Recomendaciones para los contribuyentes

Revise su situación tributaria. Antes de acogerse a la ley, verifique si tiene deudas pendientes en el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) o en la Aduana Nacional.

No espere al último momento. El plazo para acceder a los beneficios es de 120 días, por lo que es recomendable iniciar los trámites con anticipación.

Evalúe la mejor alternativa. Compare si le conviene pagar al contado para obtener mayores beneficios o solicitar un plan de pagos de hasta 36 cuotas.

Verifique si tiene procesos en curso. Los contribuyentes con fiscalizaciones, determinaciones de oficio, ejecuciones tributarias o impugnaciones también pueden acogerse a la regularización bajo ciertas condiciones.

Consulte el monto real de su deuda. Solicite un estado actualizado para conocer cuánto se reducirá con la condonación de intereses y multas.

Cumpla con las cuotas pactadas. El incumplimiento de un plan de pagos implica la pérdida de los beneficios otorgados por la ley.

Conserve toda la documentación. Guarde comprobantes de pago, formularios, resoluciones y cualquier documento relacionado con la regularización.

Busque asesoramiento especializado. En casos complejos o de montos elevados, es recomendable consultar a un contador o experto tributario para evitar errores.

Consejos clave

Si su deuda corresponde a periodos anteriores a 2018, verifique si califica para la condonación total.

Si tiene multas pendientes, pero ya pagó el tributo y los intereses, podría beneficiarse con la condonación de esas sanciones.

Si mantiene un recurso administrativo o judicial, analice cuidadosamente los efectos de desistir de la impugnación para acogerse a la ley, un proyecto de ley con artículo único.

Aproveche el alivio tributario para regularizar su situación y evitar futuras sanciones, embargos o procesos de cobranza.