Facturas en dólares deberán consignar el tipo de cambio oficial vigente, según nueva norma del SIN


La disposición establece que documentos fiscales sujetos al IVA deberán reflejar la cotización publicada por el BCB al momento de la transacción

Fuente: Correo del Sur Digital



El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) determinó que toda factura, nota fiscal o documento equivalente sujeto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuando la operación sea realizada en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera, deberá registrar obligatoriamente el Tipo de Cambio Oficial (TCO) vigente en la fecha de la transacción.

La medida fue establecida mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000026, con el objetivo de garantizar que las operaciones comerciales expresadas en moneda extranjera utilicen una referencia cambiaria oficial y uniforme, además de brindar mayor transparencia en la emisión de documentos fiscales.

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La normativa modifica el parágrafo IX del Artículo 25 de la RND 102100000011 del Sistema de Facturación y se adecúa a las nuevas disposiciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, que estableció un régimen cambiario flexible mediante la Resolución Ministerial 245, así como a los procedimientos aprobados por el Banco Central de Bolivia (BCB) para determinar el Tipo de Cambio Oficial del boliviano frente al dólar.

La disposición también contempla reglas específicas para determinados sectores económicos. En el caso de los bancos y entidades del sistema financiero nacional, podrán aplicar los tipos de cambio en moneda extranjera conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Asimismo, las facturas emitidas en Zonas Francas y aquellas prevaloradas correspondientes a tarifas de embarque en vuelos internacionales podrán consignar los montos en bolivianos o su equivalente en moneda extranjera.

Por su parte, las Facturas Comerciales de Exportación deberán registrar los importes en moneda nacional o su equivalente en divisas, tomando en cuenta las disposiciones aduaneras vigentes.