La empresa cementera celebra que el Consejo de la Magistratura haya sido convocado para revisar el caso, y considera urgente que la Facultad de Derecho de la Universidad de Chuquisaca y el Colegio de Abogados departamental analicen las arbitrariedades advertidas.

La Sociedad Boliviana de Cemento (SOBOCE) presentó hoy (09) una queja por incumplimiento ante la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al considerar que el Auto Supremo N° 1190/2026, emitido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el pasado 26 de junio, no respeta las directrices obligatorias fijadas previamente por la jurisdicción constitucional. La empresa cementera sostiene que el fallo reproduce las vulneraciones a derechos fundamentales que ya habían sido anuladas y mantiene intacto el daño económico de una condena que, a su juicio, carece de sustento legal.
En su queja, SOBOCE señala que el nuevo Auto Supremo, en lugar de corregir las vulneraciones advertidas en la Resolución Constitucional N° 136/2025, se limita a modificar la redacción argumentativa y mantiene el sentido decisorio del fallo anulado. La empresa denuncia que los magistrados del TSJ han vulnerado el derecho al debido proceso y a la defensa, al ignorar los parámetros vinculantes establecidos por la jurisdicción constitucional que ordenaban subsanar las irregularidades. Esta actitud, según la cementera, constituye un «incumplimiento flagrante de la tutela constitucional».
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
Uno de los puntos más controvertidos del fallo es la indemnización de Bs 479.224.647 bajo el concepto de «proyecto de vida», pese a que el propio TSJ reconoce que dicho término es inaplicable a personas jurídicas. La empresa cuestiona que el tribunal haya mantenido el monto bajo la excusa de una «denominación técnicamente impropia», una fundamentación que, a su juicio, carece de validez jurídica para cuantificar un supuesto daño comercial y contradice los argumentos del fallo constitucional.
Según SOBOCE, el TSJ también ratifica de forma arbitraria la elevación del monto resarcitorio global a Bs 744.315.432, bajo el argumento de una «actualización de valor» por el tiempo transcurrido, sin explicar por qué dicha actualización se incluyó en esta fase procesal y no en la etapa de ejecución. SOBOCE califica esta decisión como una imposición sin asidero legal, que compromete gravemente su estabilidad financiera y patrimonial.
La queja también denuncia graves irregularidades procesales. El TSJ admitió que nunca se tramitó un recurso de reposición interpuesto por SOBOCE, pero evadió reencauzar el proceso alegando falta de «trascendencia anulatoria». Además, resolvió directamente la excepción de prescripción sin que fuera examinada en instancias inferiores, e incorporó artículos constitucionales (324 y 339.II) que no fueron discutidos durante el proceso, lo que, según la cementera, evidencia un afán condenatorio que vulnera el debido proceso.
Ante la magnitud de la condena, SOBOCE ha solicitado formalmente al Tribunal de Garantías la suspensión provisional de la ejecución del Auto Supremo N° 1190/2026, así como de cualquier medida coactiva o embargo, mientras se agotan las instancias constitucionales.
La empresa advierte que la ejecución inmediata del fallo pondría en peligro las fuentes de empleo directo e indirecto de proveedores y contratistas, afectando al aparato productivo nacional. En su comunicado, SOBOCE también señala que el proceso iniciado por FANCESA responde a una estrategia para obstaculizar el pago de la indemnización que el Estado boliviano le adeuda por la expropiación de sus acciones, una deuda que se arrastra desde hace más de 16 años.
La empresa cementera celebra que el Consejo de la Magistratura haya sido convocado para revisar el caso, y considera urgente que la Facultad de Derecho de la Universidad de Chuquisaca y el Colegio de Abogados departamental analicen las arbitrariedades advertidas.

