En noviembre de 2025 el abogado Franz Rafael Barrios González solicitó al Presidente de Bolivia la abrogación del Decreto Supremo Nº 4566 de 2021 del gobierno de Luis Arce, que impuso arbitrariamente el denominado “Certificado Único de Idiomas Oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia”.

Barrios explica que entre otros efectos, el decreto centralizó la emisión y cobro de certificaciones en el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas – IPELC, el entonces ministerio de Culturas y la Escuela de Gestión Pública Plurinacional – EGPP, sometiendo además a los ciudadanos a renovaciones periódicas que implicaban nuevos pagos, sin una finalidad pedagógica que justificara semejante carga.

En sus redes sociales anunció que el 31 de agosto de 2026 se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto Supremo Nº 5688, «que abroga expresamente el Decreto Supremo Nº 4566, de 11 de agosto de 2021, y con ello elimina aquella onerosa imposición. La nueva norma dispone, además, que las certificaciones emitidas tendrán vigencia indefinida, sin necesidad de renovación, convalidación ni obtención de certificados adicionales».



Para Barrios se trata de «un avance, pero queda pendiente una política más ambiciosa: ampliar y garantizar la libertad de aprendizaje de lenguas y sistemas de comunicación, comprendiendo también los lenguajes visuales y gestuales —como la lengua de señas, con gramática y sintaxis propias— y los sistemas de escritura y comunicación táctil o alternativa, entre ellos Braille, Moon, Malossi, SignWriting, Tadoma y sistemas pictográficos como Blissymbolics o PCS. No se trata de imponer cómo debemos comunicarnos, sino de ampliar las posibilidades para aprender y comunicarnos en libertad».

El texto del Decreto Supremo N° 5688 considera «que corresponde al Estado regular el reconocimiento de las instituciones de enseñanza y la certificación del manejo de los idiomas oficiales, emitidas por parte de las instituciones legalmente habilitadas, sin sujetar su validez a una certificación única» y por tanto «tiene por objeto regular el reconocimiento de las instituciones de enseñanza y certificación del manejo de los idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia».

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Reconoce como tales a «instituciones fiscales, de convenio, privadas y de régimen especial de Educación Superior y Educación Alternativa evaluadas en cuanto a sus planes y programas de estudio por el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas – IPELC y autorizadas por el Ministerio de Educación; y a las Universidades públicas autónomas».

Las certificaciones emitidas por las instituciones educativas señaladas tendrán vigencia indefinida sin requerir renovación, convalidación o la obtención de un certificado adicional, por lo que simultáneamente a la abrogación del «certificado único» establecido en la gestión de Arce Catacora, se reconoce los certificados por las entidades autorizadas mencionadas.

Al momento de la publicación de este texto, 2 de septiembre de 2026, el sitio oficial del IPELC en internet mantiene el formulario de trámite con el cobro de 50 bolivianos.

Por Gabriela Ichaso Elcuaz.