La alternancia en las listas de candidatos también será revisada para impedir que los partidos manipulen y evadan el 50% de participación femenina.
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El TSE se puso un plazo de dos años para cambiar la normativa electoral que está conformada por tres leyes: Ley del Régimen Electoral (Ley 026), Ley del Órgano Electoral (Ley 018) y Ley de Organizaciones Políticas (Ley 1096). El pasado 2 de septiembre aprobaron una ronda de viajes a todos los departamentos para socializar las reformas que proponen y escuchar las propuestas de las regiones.
Respecto de las sentencias del TCP sobre procesos electorales, Ávila explicó un complejo panorama, pues los propios candidatos a magistrados judiciales se erigían como autoridades constitucionales y paralizaron el proceso judicial en 2024, dejando a cinco departamentos sin representantes ante los altos tribunales.
“Recordemos que en las elecciones generales presentaron más de 60 amparos que pretendían paralizar el proceso electoral, en el proceso de elecciones subnacionales más de 80 amparos, entonces tenemos un gran cúmulo de amparos que buscaban esa situación como ejemplo de lo que pasó en las elecciones judiciales”, recordó Ávila sobre esos procesos.
La paridad y alternancia de candidaturas es otro eje que preocupa a los vocales, pues en este momento recurren a la chicana judicial para evitar cumplir con el 50% de participación femenina en las listas. En este punto juegan un papel determinante los delegados ante el TSE de los partidos y los propios jefes de partidos que elaboran las listas de candidatos.

