Análisis económico del DS 5747: Exportación de oro, captación de divisas en Bolivia y como generar dólares sin intervenir al sector privado


Por Fernando Romero, economista

 



  1. Resumen del DS 5747

El Decreto Supremo N.º 5747, de 13 de octubre de 2026, establece que los exportadores de oro deben acreditar el ingreso a una cuenta en una entidad financiera regulada por la ASFI de al menos el 80% del valor computable de sus exportaciones precedentes, como requisito para obtener el Formulario Único de Exportación M-03. Para la primera operación se permite exportar sin acreditación previa, pero se debe demostrar el ingreso de divisas antes de una exportación posterior. La norma abroga el DS 5076 y elimina la obligación del BCB de comprar el oro y la exigibilidad de venta asociada a los certificados anteriores. SENARECOM reportará mensualmente y el Ministerio de Economía evaluará trimestralmente los efectos sobre las exportaciones y el ingreso de divisas. El porcentaje del 80% puede ser ajustado mediante resolución ministerial. La medida busca que una mayor parte de los ingresos por exportación de oro pase por el sistema financiero nacional; no garantiza, por sí sola, que esas divisas queden disponibles para el BCB ni que aumenten las reservas internacionales.

  1. ¿Cuál es la verdadera finalidad? ¿Captar divisas o intervenir la actividad privada?

La finalidad inmediata es aumentar la trazabilidad y la acreditación bancaria de los ingresos provenientes del oro, principal rubro de exportación minera boliviana según los considerandos del decreto. En un contexto de escasez de dólares, el Gobierno busca que los exportadores canalicen una proporción relevante de sus cobros mediante entidades supervisadas por ASFI. Sin embargo, existe una diferencia importante: acreditar dólares en una cuenta bancaria no equivale a venderlos al BCB, entregarlos al Estado ni convertirlos automáticamente en reservas internacionales líquidas. El resultado dependerá de si las divisas ingresan efectivamente desde el exterior, permanecen en el país, se venden en el mercado nacional y están disponibles para financiar importaciones o pagos externos. La norma crea un incentivo coercitivo de cumplimiento: sin demostrar el ingreso requerido, el exportador puede quedar impedido de obtener el formulario para su siguiente operación.

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¿Es una intervención en la actividad privada?

Sí, en el sentido de que condiciona administrativamente una exportación futura al cumplimiento de una obligación cambiaria y bancaria, aunque no prohíbe expresamente exportar ni establece que el Estado se apropie del 80% del oro o de su valor. Por eso, equipararlo directamente con la propuesta de confiscación de recursos de exportadores —como la atribuida a Álvaro García Linera— no sería jurídicamente preciso: el DS 5747 exige acreditar el ingreso de divisas en una cuenta del propio exportador, no transferirlas al TGN o al BCB. No obstante, comparte con ese tipo de planteamientos una mayor intervención estatal en la forma en que los exportadores gestionan sus ingresos. La cuestión central es si la medida consigue divisas genuinamente disponibles sin desalentar la inversión, la producción formal ni las exportaciones.

  1. Tres ventajas y tres desventajas del DS 5747

VENTAJAS

  1. Mayor ingreso formal de divisas

Al exigir acreditar el 80% del valor computable de exportaciones precedentes, el decreto puede reducir la opacidad de los cobros y aumentar los dólares canalizados por la banca boliviana. En una economía con restricciones cambiarias, disponer de más divisas dentro del sistema financiero podría facilitar pagos de importaciones y operaciones empresariales, siempre que los fondos permanezcan disponibles y se negocien efectivamente en el mercado nacional.

  1. Mejor control y trazabilidad comercial

El cruce de información entre SENARECOM, el Ministerio de Economía y el BCB puede ayudar a detectar inconsistencias entre exportaciones registradas y cobros declarados. Esto es importante en una cadena con numerosos productores, cooperativas, comercializadores y exportadores. El World Gold Council destaca la trazabilidad y verificación del origen como herramientas para formalizar la minería aurífera y reducir los flujos ilícitos.

  1. Menor dependencia de la compra estatal obligatoria de oro

El DS 5747 abroga el DS 5076 y deja sin efecto la obligación del BCB de adquirir el metal y la exigibilidad de venta vinculada a los certificados anteriores. Esto modifica el mecanismo previo y puede dar mayor espacio a la comercialización privada, aunque ahora sujeta a la acreditación de divisas para acceder a posteriores formularios de exportación.

DESVENTAJAS

  1. Restricción operativa y presión sobre el capital de trabajo

La obligación del 80% puede inmovilizar recursos temporalmente o complicar los pagos de costos, proveedores, anticipos y obligaciones externas si no existe flexibilidad para demostrar el origen y destino de los fondos. Aunque el dinero sigue en una cuenta del exportador, la condición administrativa puede retrasar la siguiente operación y afectar especialmente a empresas con márgenes estrechos.

  1. Riesgo de menor exportación formal

Si el cumplimiento resulta costoso, lento o incierto, algunos operadores podrían reducir su actividad o buscar canales informales, en lugar de ingresar más divisas al sistema. El efecto dependerá de la capacidad de fiscalización y de que los trámites bancarios, aduaneros y mineros funcionen coordinadamente. El World Gold Council estima que la minería artesanal y de pequeña escala representa alrededor de una quinta parte de la oferta mundial de oro, y advierte que una parte importante opera fuera de marcos regulatorios formales.

  1. Riesgo de discrecionalidad regulatoria

La posibilidad de modificar el porcentaje mediante resolución ministerial genera flexibilidad, pero también incertidumbre si los cambios no se sustentan en criterios técnicos, consulta sectorial y plazos razonables. Para inversiones de largo plazo, la previsibilidad normativa es esencial. Además, acreditar dólares en una cuenta bancaria no significa que el Estado pueda utilizarlos directamente ni que las reservas del BCB aumenten en igual cuantía.

  1. Principales riesgos para los exportadores de oro y la economía
  1. a) Riesgo de liquidez y continuidad operativa: si no se acredita el ingreso requerido, el exportador puede quedar habilitado para su primera operación, pero tener dificultades para obtener el M-03 de la siguiente. La norma no define en el texto citado un procedimiento detallado para resolver demoras bancarias, pagos parciales o controversias sobre el valor computable. DS 5747.pdf
  1. b) Riesgo de interpretación: deben precisarse el tratamiento de anticipos, pagos fraccionados, gastos deducibles, operaciones con financiamiento previo y diferencias entre el valor facturado y el cobrado. Sin reglamentación clara, pueden surgir observaciones administrativas y costos legales.
  1. c) Riesgo de fuga hacia la informalidad: exigir el ingreso bancario sin facilitar la formalización de cooperativas y pequeños productores puede desplazar operaciones hacia intermediarios menos transparentes. La respuesta más eficaz combina control con acceso a servicios financieros, trazabilidad y mercados legales.
  1. d) Riesgo de concentración y menor competencia: los operadores grandes podrían absorber mejor los costos de cumplimiento que los pequeños. Esto podría favorecer la concentración de la comercialización si no se establecen procedimientos proporcionales y ágiles.
  1. e) Riesgo de confundir flujo bancario con reservas internacionales: el ingreso de dólares a una cuenta privada no aumenta automáticamente las RIN. El impacto dependerá de la permanencia de esos fondos, su venta local y las operaciones posteriores. El BCB reportó que, al cierre de 2025, las reservas internacionales alcanzaron $us. 3.713,2 millones y que el oro representaba una proporción muy elevada de su composición, lo que muestra la importancia de distinguir entre el valor de los activos y la liquidez disponible.

El riesgo principal no es que el decreto confisque directamente el oro —el DS 5747 no establece eso—, sino que imponga una condición administrativa rígida sin mecanismos suficientes para resolver contingencias operativas. Su eficacia debe medirse por el aumento neto de divisas efectivamente disponibles, sin deteriorar el volumen de exportaciones formales.

  1. Tres alternativas para generar más divisas sin depender únicamente de créditos externos
  1. Incentivar exportaciones no tradicionales y dar valor agregado

Bolivia necesita ampliar la generación de dólares mediante agroindustria, manufacturas, alimentos procesados, textiles, servicios exportables y productos mineros con mayor transformación. Para lograrlo, debe simplificar trámites, asegurar acceso a insumos importados, reducir costos logísticos y ofrecer reglas cambiarias previsibles. El objetivo no es solo exportar más toneladas, sino aumentar el valor neto exportado y la proporción de ingresos que permanece en el país. Los resultados deben medirse en divisas efectivamente cobradas, no únicamente en valores declarados en aduana.

  1. Formalizar la producción aurífera y mejorar la comercialización

En vez de depender exclusivamente de una obligación del 80%, el Estado podría implementar una plataforma digital única que conecte origen del mineral, producción declarada, regalías, exportación y cobro bancario. Debe acompañarse con trámites simplificados para cooperativas y pequeños productores, controles contra el contrabando y acuerdos con compradores y refinadores internacionales que valoren el oro trazable. Esto puede aumentar la recaudación y la captación de divisas sin desalentar a los operadores legales. La formalización y la verificación del origen son líneas promovidas internacionalmente para mejorar la transparencia del sector.

  1. Recuperar divisas mediante inversión productiva, turismo y confianza financiera

Un marco jurídico estable, seguridad contractual y trámites más simples pueden atraer inversión privada nacional y extranjera hacia minería formal, hidrocarburos, energías, agroindustria y turismo. A la vez, deben facilitarse los cobros de exportación, el ingreso voluntario de capitales y el retorno de recursos privados mediante mecanismos transparentes, sin confiscaciones ni obligaciones arbitrarias. La inversión productiva genera capacidad exportadora futura; el turismo y los servicios pueden aportar divisas con menor dependencia de materias primas. Para que funcione, se requieren estabilidad macroeconómica, reglas tributarias previsibles y confianza en el sistema financiero.

CONCLUSIÓN

El DS 5747 puede mejorar la trazabilidad y canalización bancaria de los ingresos del oro, pero no garantiza por sí mismo un aumento equivalente de las divisas líquidas del país. Su éxito dependerá de la reglamentación, la coordinación entre BCB, ASFI, SENARECOM y Aduana, y de que el requisito del 80% no provoque retrasos ni desvíe operaciones hacia la informalidad. La política óptima debe combinar control y transparencia con incentivos a la exportación, formalización y diversificación productiva. Bolivia necesita captar más divisas, pero también crear condiciones para producirlas de manera sostenida y competitiva.